BOLETÍN OFICIAL Nº 30 – 13/03/23
DECRETO ACUERDO N° 7314-DEyP/2022.-
EXPTE. N° 660-571/2022.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 DIC. 2022.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el artículo 13° del Estatuto Orgánico de JUJUY ENERGÍA Y MINERÍA SOCIEDAD DEL ESTADO (J.E.M.S.E.) aprobado por Decreto Acuerdo N° 1222-DEyP/2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 13°: La Dirección y Administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio integrado por cinco (5) Directores Titulares, de los cuales uno (1) será el Presidente, otro el Vicepresidente y tres (3) serán Vocales; y un (1) Director Suplente por el mismo plazo. Todos serán designados por el Poder Ejecutivo con el acuerdo de la Legislatura de la Provincia de Jujuy. Los Miembros del Directorio de J.E.M.SE. deberán ” ser argentinos, tener por los menos treinta (30) años de edad, diez (10) años de ciudadanía en el ejercicio los naturalizados y cinco (5) años de residencia inmediata en la Provincia si no fueren nativos de ella. No podrán ser Directores los fallidos o quienes hubieran solicitado su concurso preventivo. La ausencia temporaria del Presidente del Directorio de la Sociedad, dará lugar a su reemplazo por el Vicepresidente. La ausencia temporal del Vicepresidente dará lugar a su reemplazo por el Vocal que se determine en reunión de Directorio. Este mecanismo también se aplicara en caso de impedimento o excusación el Director suplente ejercerá su función hasta la reincorporación del Director sustituido o hasta el dictado del Decreto de designación del Titular.-
ARTÍCULO 2°.- Modifíquese el artículo 16° del Estatuto Orgánico de JUJUY ENERGIA y MINERÍA SOCIEDAD DEL ESTADO (J.E.M.S.E.), aprobado por Decreto Acuerdo Nº 1222-DEyP/2020, el que quedara redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 16º: El Directorio se reunirá, como mínimo, una vez al mes y sus resoluciones se asentaran en el Libro de Actas que se llevara al efecto y que suscribirán los Directores presentes”.-
ARTICULO 3º.- Regístrese, tornen razón Fiscalía de atado y Tribunal de Cuenta. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga al Ministerio de Hacienda y Finanzas, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Persona Cumplido, vuelva al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a sus efectos.-
C,P.N. GERADOR RUBEN MORALES
GOBERNADOR