BOLETÍN OFICIAL Nº 31 – 15/03/23
Dr. Gustavo Alberto Toro- Vocal Pte. de la Cámara Civil y Comercial – Sala IV del Centro Judicial San Pedro de Jujuy, en Expte. Nº D-042791/2022 caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: RODRIGUEZ, GRACIELA PATRICIA y otros c/ MUNICIPALIDAD DE LIBERTADOR GENERAL SAN MARTIN”, procede a notificar el siguiente proveído:- San Pedro de Jujuy, 19 de octubre de 2022. Informo al Sr. Presidente de Tramite, que se dictó resolución en fecha 5 de septiembre de 2022, en el Expediente D-035891/21, “Medidas Preparatorias a la Prescripción Adquisitiva: RODRIGUEZ, GRACIELA PATRICIA y otros C/ QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO y Municipalidad de Libertador General San Martín”, con conexión virtual a los presentes. CONSTE.- San Pedro de Jujuy, 19 de octubre de 2021. I.- Por presentado el Dr. Roque Lorenzo RODRIGUEZ por derecho propio por constituido domicilio legal y por parte; y por constituido domicilio legal y por parte en nombre y representación de las Sras. Graciela Patricia RODRIGUEZ DNI Nº 17.680.582, Viviana Alejandra RODRIGUEZ DNI Nº 22.198.260 y Noelia Cecilia RODRIGUEZ DNI Nº 28.534.902, a mérito de Escrituras Públicas N° 154/2006, Registro Notarial N° 55, 240/2017, Registro Notarial N° 76 de Poder General para Juicios, que en copia juramentada acredita. II.- Téngase a los nombrados por deducida Demanda Ordinaria por Prescripción Adquisitiva de Inmuebles – Usucapión, en contra de la MUNICIPALIDAD DE LIBERTADOR GENERAL SAN MARTIN”, CUIT: 30-67145243-3, con domicilio en calle Belgrano N° 350, de la ciudad de Libertador Gral. San Martín, provincia de Jujuy y contra QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO, y admítase la misma que se tramitará conforme las normas del Juicio Ordinario Oral (art. 287 del Cód. Proc. Civil). III.- Previo a correr traslado de la demanda, cítese como terceros interesados al presente proceso al ESTADO PROVINCIAL DE JUJUY, con domicilio en calle San Martín Nº 450 de la ciudad de San Salvador de Jujuy y a los colindante Sra. Guadalupe Dionisia CHOQUE DNI N° 5.934.674 con domicilio en Manzana N° 404, Lote 12 y 13, B° Parque Industrial N° 2 y a toda persona que se considere con derecho sobre el inmueble en cuestión; para que tomen conocimiento del juicio y si consideran afectados sus derechos soliciten en forma expresa, clara y concluyente y en el plazo de QUINCE (15) DIAS HABILES la participación como demandados, haciéndoles saber que su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos (art. 534 Cód. Proc. Civil). IV.- Sin perjuicio de lo precedente, ordénese – con la intervención de Oficial Público o (juez de paz de la localidad) – la colocación en lugar visible del acceso al inmueble, de Cartel Indicativo que deberá expresar las referencias necesarias de la existencia del juicio, cuyas medidas no podrán ser menor a 2,00 m x 1,50 m, debiendo acreditarse su emplazamiento con tomas fotográficas y acta de constatación labrada al efecto (art. 536 Cód. Proc. Civil).- V.- Asimismo, y en razón del principio de publicidad dispuesto en el art. 7 del Cód. Proc. Civil, y dispónese la publicación de edictos por tres (3) veces en cinco (5) días en Boletín Oficial y un diario autorizado de la localidad más próxima a la ubicación del inmueble (art.531 2do. párrf. del Cód. Proc. Civil).- Además, y conforme lo dispuesto en el art.535, los edictos deberán ser exhibidos en el local del Juzgado de Paz correspondiente a la ubicación del inmueble, en el Municipio y/o Comisión Municipal, y se trasmitirán mediante radiodifusión local, durante 30 días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva.- VI.- Finalmente, una vez transcurridos QUINCE (15) DIAS HABILES, contados a partir de la última notificación de los individualizados en apdo. III precedente, se correrá traslado de la demanda conforme lo previsto en el art. 537 del Cód. Proc. Civil, proveyéndose – en su caso, los requisitos establecidos en el art.531 del Cód. Proc. Civil respecto a los propietarios ignorados o indeterminados.- VII.- Asimismo, conforme lo dispuesto en el art. 1905 del Cod. Civ. y Com. de la Nación, ordénese la Anotación de Litis, sobre los inmuebles individualizados como: Lote 6, Manzana 439, sección 3, circunscripción 1, padrón E-15449, Matricula E-7855 y Lote 7, Manzana 439, Sección 3, Circunscripción 1, Padrón E-15450, Matricula E-7856 ambos ubicados en la ciudad de Libertador General San Martín, Departamento Ledesma, Provincia de Jujuy. VIII…IX…- Notifíquese.- Firmado: Dr. GUSTAVO ALBERTO TORO.- Vocal Presidente de Trámite.- Ante mi Dra. ROMINA Y. ALEJANDRA PEREZ.- Prosecretaria.- Publíquese por tres (3) veces en cinco (5) días en Boletín Oficial y un diario de circulación provincial.- San Pedro de Jujuy, 1 de marzo de 2023.-
15/17/20 MAR. LIQ. Nº 31661-31667 $1.650,00.-