BOLETÍN OFICIAL Nº 21 – 17/02/23
DECRETO Nº 7748-AyCC/2023.-
EXPTE. Nº 1100-07/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 FEB. 2023.-
VISTO:
La solicitud de autorización al llamado a Licitación Publica Internacional destinada a la construcción del “Centro Ambiental Puna” – Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos de la Provincia de Jujuy – Contrato de Financiamiento del BEI: FI Nº 8809-Serapis Nº 2017-0224, y;
CONSIDERANDO:
Que, la documentación obrante cumple con los recaudos legales previstos en la Guía de Contratación Pública para Proyectos Financiados por el Banco Europeo de Inversión (B.E.I.), de conformidad con lo establecido en el Contrato de Financiamiento BEI: FI Nº 88098-Serapis Nº 2017-0244.
Que, la Responsable Financiera GIRSU BEI de la Provincia de Jujuy, informa sobre las actuaciones en las que tramitan la partida presupuestaria con la que se afrontará la erogación que demande la construcción del “Centro Ambiental Puna” – Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos de la Provincia de Jujuy – Contrato de Financiamiento del BEI: FI Nº 8809-Serapis Nº 2017-0224.
Que, se agrega dictamen legal debidamente compartido por el Coordinador del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Ministerio de Ambiente y Cambio Climático a efectuar el llamado a Licitación Publica Internacional para la “Construcción del Centro Ambiental Puna” – Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos de la Provincia de Jujuy – Contrato de Financiamiento BEI FI Nº 88098 – Serapis Nº 2017-0224, quedando facultado para continuar, adjudicar, aprobar, y culminar el procedimiento licitatorio, debiendo cumplir exhaustivamente con las disposiciones legales vigentes en materia de ejecución del gasto, adjudicación y rendición de cuentas.-
ARTÍCULO 2º.- Facúltese al Ministerio de Hacienda y Finanzas para realizar la creación, modificación y trasferencia de partidas presupuestarias necesarias para afrontar las erogaciones que demande el cumplimento del presente Decreto.-
ARTICULO 3º.– El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Ambiente y Cambio Climático y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga a Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Ambiente y Cambio Climático a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR