BOLETÍN OFICIAL Nº 20 – 15/02/23

DECRETO N° 7575-G/2022.-

EXPTE. N° 300-660/2019.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 DIC. 2022.-

VISTO:

Los presentes obrados, a través de los cuales se solicita el otorgamiento de Personería Jurídica a favor de la “Asociación Civil Cooperadora Escolar de la Escuela Primaria N° 391 Primera Fundación de Jujuy del Barrio Ciudad de Nieva”, con asiento en la Ciudad de San Salvador de Jujuy (Departamento Dr. Manuel Belgrano), como asimismo la aprobación de su Estatuto Social, y

CONSIDERANDO:

Que dicha entidad ha dado cumplimiento con las disposiciones del Decreto provincial N° 1768-G-SG-58;

Que, atento los términos del Dictamen N° 413-DPAF-22 vertido al efecto por Fiscalía de Estado (Fs.35/36), procede dictar el acto administrativo correspondiente;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otorgase Personería Jurídica a favor de la “ASOCIACIÓN CIVIL COOPERADORA ESCOLAR DE LA ESCUELA PRIMARIA N° 391 PRIMERA FUNDACIÓN DE JUJUY DEL BARRIO CIUDAD DE NIEVA”, con asiento en la Ciudad de San Salvador de Jujuy (Departamento Dr. Manuel Belgrano), y apruébase su Estatuto Social que consta de Treinta y Ocho (38) Artículos que corre agregado de Fa. 26 a 33vta de autos.-

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión, Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus demás efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR