BOLETÍN OFICIAL Nº 19 – 13/02/23

Acta N° 21.- En la ciudad de San salvador de Jujuy a los treinta días del mes de Noviembre del año dos mil veintidós, siendo las 19,00 hs. se reúnen en la sede social de JUJUY MATERIALES S.R.L., sita en Avenida Almirante Brown N° 2310 de esta ciudad, el Sr. Julio César Barrionuevo DNI. Nº 5.185.770 y el Sr César Martín Barrionuevo Ladetto, DNI. Nº 25.954.552, en carácter de socios que representan el cien por ciento (100%) del capital social de JUJUY MATERIALES S.R.L.- Toma la palabra el socio gerente Sr. César Martín Barrionuevo Ladetto, quien da inicio a la reunión poniendo a consideración el tratamiento de los siguientes puntos del orden del día: 1) Ratificación de las resoluciones sociales adoptadas en Actas N° 14 y 15.- 2) Necesidad de inscribir en el Registro Público las resoluciones sociales mencionadas en el punto anterior.- Puesto a consideración el primer punto del orden del día, el socio gerente César Martín Barrionuevo Ladetto informa que, la inscripción de los actos dispuestos e instrumentados mediante Escritura N° 8 de fecha 13/01/2016, y sus complementarias Escrituras N° 19 del 26/01/2016 y N° 20 del 19/02/2018; y en Escritura N°9 de fecha 13/01/2016 y su complementaria Escritura N° 21 del 19/02/2018, se extendió en el tiempo más de lo usual debido a diversas razones, habiéndose iniciado el trámite inscriptorio ante el Registro Público en el mes de Mayo del 2016, el cual fue finalizado en fecha 26 de Abril de 2018.- En razón de ello, las resoluciones adoptadas e instrumentadas en Actas N° 14 y 15, de fechas 04/03/2016 y 15/03/2016 respectivamente, quedaron sin haber sido inscriptas, puesto que dependían de la inscripción previa de los mencionados actos instrumentados en escrituras públicas. Debido a distintas situaciones acaecidas, hasta la fecha las Actas N° 14 y 15 no han sido inscriptas.- Que a los fines de regularizar la situación antes descripta, ambos socios expresan su voluntad de ratificar las resoluciones sociales que surgen de las Actas N° 14 y 15, cuya lectura se omite y a cuyo texto se remiten en un todo de acuerdo.- En relación a lo dispuesto en el Acta N° 14, se deja expresa constancia, y ambos socios prestan conformidad, que el valor de las cuotas adquiridas a la sociedad se encuentra cancelado en su totalidad mediante la imputación de las ganancias que le correspondían al socio César Martín Barrionuevo Ladetto, quien no ha retirado utilidades durante los Ejercicios Económicos Números 41, 42, 43, 44, 45 y 46 inclusive (finalizados desde el 31/05/2016 hasta el 31/05/2021, respectivamente), habiendo quedado cancelado el precio de adquisición en el ejercicio contable finalizado el 31/05/2021.- Como segundo punto del orden del día, y luego de un intercambio de opiniones, los socios unánimemente deciden que se inicien los trámites en representación de la sociedad, a los fines de inscribir las resoluciones sociales instrumentadas en las Actas N° 14 y 15.- En virtud de la decisión adoptada, los socios facultan expresamente al Dr. León Adolfo Bonilla para que en su carácter de apoderado de la sociedad efectúe los trámites conducentes ante el Registro Público de la Provincia de Jujuy, con el objeto de solicitar la inscripción de las resoluciones sociales instrumentadas en las Actas N° 14 y 15, juntamente con la presente Acta que es ratificatoria de las mencionadas anteriormente.- Sin más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión siendo las 20 horas, firmando los presentes en conformidad.- ESC. RAMIRO EDUARDO GALVEZ CABALLERO- ADS. REG. Nº 33- S.S. DE JUJUY-JUJUY.-

 

FISCALÍA DE ESTADO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESOLUCION Nº 54-DPSC/2023-

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-008/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 ENE. 2023.-

VISTO:

Las actuaciones de la referencia en las que el Dr. León Adolfo Bonilla  en carácter de APODERADO DE JUJUY MATERIALES S.R.L. solicita la INSCRIPCION DE TRANSFERENCIA DE CUOTAS SOCIALES Y AUMENTO DE CAPITAL CONSIDERANDO:

Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta Dirección, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: ORDENAR la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día de: a) ACTA ASAMBLEA DE SOCIOS Nº 14 que rola a fs. 06/07 de autos, de fecha 04 de marzo de 2016 en copia certificada por Esc. Ramiro E. Galvez Caballero, Adsc. Al Registro Notarial Nº 33; b) ACTA Nº 15 de fecha 15 de marzo 2016 que rola a fs. 08/09 de autos en copia certificada por Esc. Ramiro E. Galvez Caballero, Adsc. Al Registro Notarial Nº 33; c) Acta Ratificatoria Nº 21 de fecha 30 de noviembre del 2022 obrantes a fs. 10/12 en copia certificada por Escribano Publico Autorizante,. Diligencias a cargo del Dr. León Adolfo Bonilla.

ARTÍCULO 2º: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

13 FEB. LIQ. Nº 31324 $950,00.-