BOLETÍN OFICIAL Nº 11 – 25/01/23
Juzgado de Primera Instancia Nº 1- Secretaria Nº 1, en el Expte. Nº C-211111/2022, caratulado: “Sucesorio Ab Intestato: YAÑEZ CORTES HELLY ROSARIO solicitado por Rosenbluth Gustavo Leopoldo”, cita y emplaza por treinta (30) días a todos los que se consideren con derecho a los bienes del causante.- Secretaria: María de los Ángeles Meyer.- Publíquese en Boletín Oficial y Diario Local por tres veces en cinco (5) días.- San Salvador de Jujuy, 16 de Noviembre de 2022.- I- Proveyendo el escrito Nº 474899 agréguese los aportes que acompaña la Dra. Agustina Vera.- 2. Encontrándose reunidos los requisitos exigidos por el Art. 435 del C.P.C., declárase Abierto el Juicio Sucesorio de YAÑEZ CORTES HELLY ROSARIO, D.N.I. 93.941.416, debiéndose publicar edictos en el Boletín Oficial por un día y en un Diario Local, por tres veces en cinco días para que en el término de treinta días hábiles se presenten todos los que se consideren con derecho a los bienes del causante.- 3. Líbrese oficio a la Dirección de Inmuebles de la Provincia, a los fines de que informe sobre los bienes inmuebles que se encuentran registrados a nombre del causante y al Registro de Actos de Ultima Voluntad de la Provincia conforme alo dispuesto en el Art. 8 de la Ley Provincial Nº 5330/02, actuando el principio contenido en el primer párrafo del Art. 72 del C.P.C. y A.C. 86/20, imponiéndose al letrado la carga de confeccionar los mismos debiendo presentarse con escrito en colaborativas del Sistema Integral para su posterior control y firma.- 4. Oportunamente, dese intervención al Ministerio Fiscal.- 5.- Notificaciones en Secretaria: martes y jueves o el siguiente hábil si alguno de ellos fuere feriado.- 6. Deberá el peticionante cumplir lo establecido en el art 2340 C.C.C.N., denunciando expresamente si el derecho que pretende es exclusivo de sus representantes, o si concurren otros herederos y en su caso indicar nombre y domicilio de los mismos. 7.- Lo manifestado en relación a las actas expedidas por el Registro Civil de Bolivia, téngase presente, debiendo la letrada cumplimentar con lo solicitado por la vía pertinente.- 8.- Notifíquese por cédula.-
25 ENE. LIQ. Nº 31215 $550,00.-