BOLETÍN OFICIAL Nº 8 – 18/01/23
En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los veintinueve días del mes de diciembre de dos mil veintidós, se reúnen los Sres. FLAVIO ADRIANO FERIGUTTI DN 93.573.423, RENATO FERIGUTTI DNI 22.420.475 en el carácter de socios Gerentes e integrantes de la razón social FERIGUTTI CONSTRUCCION SERVICIOS Y DESARROLLOS INDUSTRIALES SOCIEDAD LEY 19550 CAPITULO I, SECCION IV con el objeto de acordar y aprobar por UNANIMIDAD constituir una “Unión Transitoria” con la empresa ARCA GROUP SRL. La Unión Transitoria se denominará: “ARCA GROUP SRL- FERIGUTTI CONSTRUCCION SERVICIOS Y DESARROLLOS INDUSTRIALES SOCIEDAD LEY 19550 CAPITULO I, SECCION IV. – Unión Transitoria”, conforme los términos y condiciones que se enuncian seguidamente Primero: EL contrato de colaboración empresaria tendrá por objeto ejecutar obras de “FABRICACION Y MONTAJE DE ESTRUCTURAS METALICAS Y TANQUES METALICOS”, (en adelante “LA OBRA”), para la empresa LIEX SA (en adelante “LA COMITENTE”). Así como también actuar como subcontratista de empresas que contraten con la misma en un todo de acuerdo con los contratos que se celebren con la misma. Los trabajos deberán ejecutarse con todos los medios técnicos y financieros que sean menester y de que dispongan las partes, según las obligaciones que asumen frente a la Contratante, pudiéndose celebrar en uno o varios contratos y/u órdenes de compra, facultándose para participar y cotizar en aquellos concursos, licitaciones, llamado a mejora de precios que sean necesarios en el proyecto. Se aclara que en virtud del desarrollo del objeto principal del/los contratos, podrá realizar actos complementarios y accesorios tales como los de importar y exportar bienes, productos e insumos. Segundo: La duración de la Unión Transitoria será superior al plazo que demande la ejecución del Contrato, incluido el plazo de garantía y sufrirá todas las prórrogas y/o acortamientos que experimente ésta, prolongándose hasta la total extinción de las obligaciones frente a LA COMITENTE, entre las partes y frente a terceros.- Los Sres. FLAVIO ADRIANO FERIGUTTI y RENATO FERIGUTTI por ejercitar a representación, administración y uso de la firma social, quedan facultados para suscribir indistintamente el Contrato de UT y realizar todos aquellos trámites administrativos tendientes a su inscripción ante AFIP y demás organismos administrativos.- Tercero: A los fines de la inscripción del Contrato de UT, los socios facultan al Dr. Ernesto Benjamín González de Prada a realizar los trámites correspondientes a dicha inscripción en la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales.- Luego de la lectura y ratificación, se dá por finalizada la reunión, firmando en prueba de conformidad los socios presentes en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.- ACT. NOT. Nº B 00763746- ESC. NORMA DEL VALLE TORRES- TIT. REG. Nº 47- S.S. DE JUJUY-JUJUY.-
FISCALÍA DE ESTADO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
RESOLUCION Nº 32- DPSC/2023.-
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-014-2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de Enero de 2023.-
VISTO:
Las actuaciones de la referencia en las que el DR. ERNESTO GONZALEZ DE PRADA, en carácter de APODERADO solicita, la INSCRIPCIÓN de CONSTITUCION DE UNION TRANSITORIA de “ARCA GROUP S.R.L. – FERIGUTTI CONSTRUCCION SERVICIOS Y DESARROLLOS INDUSTRALES SOCIEDAD LEY 19550 CAPITULO I, SECCION IV – UNION TRANSITORIA” y,
CONSIDERANDO:
Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al Dictamen de asesoría legal de esta Dirección, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-
Por ello:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: ORDENAR la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día de Contrato de Constitución de Unión Transitoria de fecha 28 de diciembre de 2022 de “ARCA GROUP S.R.L. – FERIGUTTI CONSTRUCCION SERVICIOS Y DESARROLLOS INDUSTRIALES SOCIEDAD LEY 19550 CAPITULO I, SECCION IV – UNION TRANSITORIA”; Actas de Aprobación de Constitución de Unión Transitoria realizadas por ARCA GROUP S.R.L. de fecha 28 de diciembre de 2022 y FERIGUTTI CONSTRUCCION SERVICIOS Y DESARROLLOS INDUSTRIALES SOCIEDAD LEY 19550 CAPITULO I, SECCION IV cuyas copias obran en autos.-
ARTÍCULO 2º: AGREGAR copia en autos, notificar a las partes y registrar.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
18 ENE. LIQ. Nº 31202 $950,00.-