BOLETÍN OFICIAL Nº 138 – 11/12/15

Icon_PDF_6DECRETO Nº 6930-IPySP.-

EXPTE. Nº 614-1626/2010.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 DIC. 2014.-

VISTO:

El CONVENIO suscripto entre la Dirección Nacional de Vialidad, en adelante VIALIDAD NACIONAL, representada en este acto por su Administrador General, Ing. Nelson Guillermo PERIOTTI por una parte y por la otra la Dirección de Vialidad de la Provincia de Jujuy, en adelante VIALIDAD PROVINCIAL, representada en este acto por su Presidente, Ing. Rodolfo Fernando FORBICE, y

CONSIDERANDO:

Que dicho Convenio tiene por objeto la asistencia financiera por parte de VIALIDAD NACIONAL para la realización de la Obra: “ACCESO NORTE A LA CIUDAD DE TILCARA DESDE LA RUTA NACIONAL Nº 9”, con un presupuesto estimado que asciende a la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES ($17.000.000,00) a valores del mes de mayo de 2010. En este sentido VIALIDAD NACIONAL depositará el monto correspondiente a cada certificado emitido dentro de los treinta días de recepcionados los mismos en la Sede del 6to. Distrito-Jujuy, con el fin de que VIALIDAD PROVINCIAL efectúe el pago de los mismos (Artículo Siete Segundo Párrafo y Artículo Octavo) incluyendo los conceptos por redeterminación de precios (Artículo 9), en razón que la misma es aplicable, en los términos del Decreto Nacional Nº 1295/02. Asimismo prevé que VIALIDAD PROVINCIAL tomará a su cargo la elaboración del proyecto, licitación, adjudicación, incluyendo todos los gastos para dicha licitación pública, las mensuras de afectación, expropiaciones, etc.

Que mediante Resolución Nº 2077/10 de fecha 01/11/10 la Dirección Nacional de Vialidad resolvió convalidar el referido Convenio y Anexo obrantes a fs.20/31 del Expte. Nº 7249-V/2010.

Que Asesoría Legal de la Dirección Provincial de Vialidad, sugiere la remisión de las presentes actuaciones al Ministerio de Infraestructura, Planificación y Servicios Públicos, a los efectos de ratificar la Resolución Ad Referéndum del Poder Ejecutivo Provincial Nº 934-D/2010 emitida por la Dirección Provincial de Vialidad con fecha 07/12/10 y posterior despacho a la Legislatura de la Provincia de acuerdo a las disposiciones previstas por el art.3-Apartado 2-art.123 inc.34 y 137 inc.7 de la Constitución Provincial; opinión que comparte la Coordinación del Dpto. Asuntos Legales de Fiscalía de Estado (fs.25 vta.)

Por ello, a los fines de su regularización administrativa,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Apruébase en todas sus partes el CONVENIO celebrado-en fecha 01 de noviembre del año 2010-entre la Dirección Nacional de Vialidad, en adelante VIALIDAD NACIONAL, representado en este acto por si Administrador General, Ing. Nelson Guillermo PERIOTTI por una parte y por la otra la Dirección de Vialidad de la Provincia de Jujuy, en adelante VIALIDAD PROVINCIAL, representada en este acto por su Presidente, Ing. Rodolfo Fernando FORBICE (fs.2/5), a los fines y efectos enunciados en los considerando del presente instrumento.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR