BOLETÍN OFICIAL Nº 146 – 30/12/22
CONCEJO DELIBERANTE DE YALA
ORDENANZA Nº 244 /CONCEJO DELIBERANTE DE YALA–2.022
FORMACION DE EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS MUNICIAPLES
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, es menester la promoción de la carrera administrativa municipal y la formación integral de los agentes y funcionarios de la administración pública.
Que, el Municipio debe apoyar a los agentes municipales con el reconocimiento de licencias, patrocinio de cursos y otras actividades.
Que, la cantidad y complejidad cada vez más alta de las competencias municipales, requieren tener cuadros técnicos preparados para llevar adelante dicha labor.
Que, al respecto se ha dicho: “la profesionalización” y el “merito”, son componentes ineludibles de la carrera administrativa.
Que, `profesión´ es el arte de profesar, es decir ejercer una ciencia, un arte, un oficio, etc., significado que se vincula con el contendió del modelo ideal de la burocracia diseñado por Weber. El empleado público hace de su actividad una profesión, se perfecciona para cumplir con ella, lo que redunda en beneficio para la administración.
Que, esta profesionalización se logra mediante la capacitación y el constante incentivo de recorrer en formación ascendente la carrera administrativa.” (IVANEGA Miriam, Empleo Público, 1ªed, CABA, Astrea, 2019, p. 234.
Que, la Carta Iberoamericana de la Función Publica ha instruido como principio rector de todo sistema de función pública el “merito, desempeño, capacidad como criterios orientadores del acceso, la carrera u las restantes políticas de recursos humanos.” (punto 8).
Que, en particular, la Especialización en Derecho Procesal Civil (UBA) es un posgrado de alta calidad académica y especial interés para la representación del Municipio en juicio (artículo 157 Inc. N ley 4466) y, a los efectos, de ejercer la dirección directa de la Asesoría Letrada (Ord. 162 articulo 28 Inc. 3)
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE YALA
SANCIONA COMO ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º.- Promover y recomendar al Departamento Ejecutivo la realización y patrocinio de cursos de formación, posgrados y demás actividades académicas, con una visión amplia e interdisciplinaria, para empleados, funcionarios de gabinete y electivos del Municipio de Yala.-
ARTÍCULO 2º.- Ratificar las Resoluciones Nº 476/2020 IMY y Nº 904/2020 IMY.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. –
San Pablo, Sala de Sesiones, a los 15 días del mes de DICIEMBRE de 2.022. –
Juan Gabriel Cabezas
Presidente