BOLETÍN OFICIAL Nº 139 – 14/12/15
Dra. Silvia E. Yecora-Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2- Secretaria Nº 3, en el Expte. Nº B-176392/07, caratulado: Prepara Vía Ejecutiva: Credimas S.A. c/ Maidana, Marcelo Fabián”, hace saber al Sr. Maidana, Marcelo Fabián, que se ha dictado el siguiente Proveído: San Salvador de Jujuy, 04 de Septiembre del 2.015.- Atento a las constancias de autos y lo manifestado y solicitado por la Dra. Lucia Di Pasquo, en el escrito que antecede, notifíquese al demandado SR. Marcelo Fabián Maidana, las partes pertinentes del proveído de fs. 68, conforme lo prevee el art. 162 del C.P.C. de la Pcia.-Notifíquese (Art. 155 del C.P.C).- Fdo. Dra. Silvia E. Yecora-Juez-Ante mí: Dr. G. Marcelo Ibarra-Secretario Habilitado.- PROVEÍDO DE FS. 68: San Salvador de Jujuy, 07 de Agosto del 2.015- Advirtiendo que no se libro mandamiento de pago y atento a las constancias de autos, a la demanda ejecutiva por cobro de pesos y lo dispuesto por los Art. 472 inc. Inc. 4ª, 478 y correlativos del C.P.C., Líbrese en contra del demandado Sr. Marcelo Fabián Maidana, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago y ejecución por la suma de PESOS UN MIL TREINTA Y TRES CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS ($1.033,94) por capital reclamado, con más la Suma de PESOS QUINIENTOS DIECISIETE ($517,00) calculados provisoriamente para acrecidas y costas.-….Asimismo cítaselo de remate para que en el término de cinco (5) días, de notificado comparezcan a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución. Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.-…- Asimismo, intimase a la demandada para que en el mismo término que el antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros, del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarlo notificado por Ministerio de la Ley todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.).- Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.).- Fdo. Dra. Silvia E. Yecora-Juez- Ante mí: Dr. G. Marcelo Ibarra- Secretario- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local de amplia circulación por TRES (3) VECES EN CINCO (5) DIAS.- San Salvador de Jujuy, 04 de Septiembre del 2.015.-
14/16/18 DIC. LIQ. Nº 122731 $210,00.-