BOLETÍN OFICIAL Nº 145 – 28/12/22

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DEL CARMEN

ORDENANZA Nº 860/CD/2.022

CIUDAD DE EL CARMEN, 24  NOV. 2.022.-

VISTO:

El artículo 99 de la Ley Orgánica de Municipios N° 4.466, el artículo 119 del Reglamento Interno del Concejo Deliberante de la Ciudad de El Carmen; y…

CONSIDERANDO:

Que, el barrio “23 de Agosto “es uno de los más alejados del centro de la ciudad, por este motivo la mayoría hace habitual uso del transporte urbano.

Que, en periodo estival se hace difícil circular por las calles, por consiguiente, los vecinos han manifestado la necesidad de la Creación de un Refugio para Pasajeros que los protejan del clima.

Que, sería muy beneficioso para los habitantes del barrio 23 de Agosto la implementación de un Refugio de Pasajeros ubicado concretamente donde se ubica el S.U.M de dicho barrio.

Que, debido al exponencial crecimiento demográfico de esta zona es nuestro deber como legisladores velar por el buen funcionamiento de nuestra ciudad.

Por ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD  DEL CARMEN SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 860/CD/2022

ARTICULO 1°: Ordénese  al Poder Ejecutivo a través del área que corresponda la creación de un Refugio para Pasajeros en el barrio 23 de Agosto de la Ciudad de El Carmen.

ARTICULO 2°: Dicho Refugio será ubicado en la calle Cochinoca, entre Ledesma y San Pedro.

ARTICULO 3°: Previa toma de razón pase al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y efectos. Publíquese. Cumplido. Archívese.

 

Dra. Gabriela F. Vega

Presidente