BOLETÍN OFICIAL Nº 145 – 28/12/22
MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN.-
DECRETO N° 0504/DE/2022.-
CIUDAD DE EL CARMEN, 23 NOV. 2022.-
VISTO:
La Ordenanza N° 845/CD/2022 por la cual se dispone la “Imposición de Nombre como Barrio Jorge Cafrune al Loteo Cafrune”, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispone el artículo 157 inciso d) y e) de la Ley Orgánica de Municipios N ° 4466, son atribuciones del Intendente Municipal promulgar o vetar las sanciones del Concejo Deliberante.
Que la Dirección de Asuntos Legales y Técnicos ha emitido opinión, la cual comparto, en el sentido de que; la imposición de nombres a las calles y barrios de nuestra ciudad se encuentra dentro de las facultades propias del Concejo Deliberante.
Que, del texto de la citada normativa surge que se han respetado la continuidad de las calles cuyos nombres ya se han fijado por Ordenanza Nº 559/CD/2010.
Que, la delimitación e imposición de nombres de los barrios es importante para la conformación social de una sociedad.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN
DECRETA:
ARTÍCULO 1: Téngase por promulgada la Ordenanza N° 845/CD/2022 referente a “Imposición de Nombre como Barrio Jorge Cafrune al Loteo Cafrune” que fuera sancionada por el Concejo Deliberante el día 03 de Noviembre de 2.022, conforme a las facultades conferidas por el Artículo 157 inciso d) de la Ley Orgánica de Municipios N° 4466.-
ARTÍCULO 2: Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante a sus efectos. Cumplido, archívese.-
Prof. Alejandro Torres
Intendente