BOLETÍN OFICIAL Nº 139 – 14/12/15

Icon_PDF_6Por la presente se hace saber que en el Expte. B-108233/03, caratulado: Ordinario por Formación de Titulo. Prescripción Adquisitiva de Inmuebles…Carlos Alberto Barni c/ Aníbal Roberto Helguera Graz – radicado Cámara en lo Civil y Comercial-Sala II- Vocalía 5, se ha dictado la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 11 de noviembre de 2015. Visto:..Considerando:..Resuelve: I. Hacer lugar a la demanda de formación de título por prescripción adquisitiva de dominio deducida por Carlos Alberto Barni en contra de los herederos de Aníbal Roberto Helguera Graz y/o de quienes se consideren con derecho sobre la parcela que se disgrega del inmueble individualizado como Padrón A-21.766, Circunscripción 5, Sección 4, Lote 204, Fracción 4-d, con una superficie de 1 Ha. con 8.406,35 metros cuadrados, ubicada en Los Molinos, Reyes, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy; conforme Plano de Mensura para Prescripción Adquisitiva aprobado por la Dirección General de Inmuebles el 18/09/2003 bajo el Nº 03474. II. Fijar el día 20 de julio de 1.985 como la fecha en que el actor adquirió el derecho real de dominio sobre dicho inmueble, por el cumplimiento del plazo de prescripción. III. Imponer las costas del juicio por el orden causado. IV. Regular los honorarios profesionales de los Dres. Jorge Antonio Noceti y María Rosario Noceti, en las sumas de $8.333 y $16.667, respectivamente; y para la Perito Asistente Social, Lic. Carmen Argote, $1.250. En caso de mora, dichos importes deberán abonarse con los intereses de la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a 30 días que cobra el Banco de la Nación Argentina, a partir de la presente y hasta su efectivo pago; con más el I.V.A. si correspondiere. V. Ordenar la publicación de la parte dispositiva de la presente sentencia conforme lo exige el Artículo 541, en las mismas condiciones previstas en los Artículos 531 y 532 de la Ley Nº 5.486. VI. Firme y ejecutoriada la presente, disponer la inscripción del dominio del inmueble a nombre del actor a cuyo efecto se extenderá testimonio de la parte dispositiva de la presente, el que por oficio se remitirá a esos fines a la Dirección General de Inmuebles, dejándose constancia que una vez cumplida la inscripción se entregará como título a Carlos Alberto Barni. VII. Notificar, agregar copia, protocolizar, etc. Fdo. Dres. Jorge Daniel Alsina y Enrique Mateo. Ante mí: Raúl Alberto Cantero, Prosecretario. Se deja constancia que la Dra. Noemi Demattei de Alcoba no suscribe la presente por encontrarse gozando del beneficio jubilatorio (L.A. Nº 11,Fº 127, Nº 71 del S.T.J.).- Publíquese por edictos en el Boletín Oficial y un diario local, que se publicarán por tres (3) veces, dentro de un período de cinco (5) días.- San Salvador de Jujuy, 01 de diciembre de 2015.-

 

14/16/18 DIC. LIQ. Nº 122755 $210,00.-