BOLETÍN OFICIAL Nº 143 – 23/12/22
Dra. Mirta del M. Vega- Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 18, en el Expte. Nº D-038882/2021, caratulado: “Ejecutivo: CARSA S.A. c/ GASTON JAVIER ALBARRACIN”, procede a notificar al SR. GASTON JAVIER ALBARRACIN DNI Nº 40.566.410 de la siguiente providencia que a continuación se transcribe: “San Pedro de Jujuy, 30 de noviembre de 2021.- I.- Téngase por presentado al Dr. Carlos Abel Damian Aguiar, en nombre y representación de CARSA S.A., a mérito de copia juramentada de Poder General para Juicios, por constituido domicilio legal, por parte. II.- De conformidad a lo dispuesto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo en contra del Sr. GASTON JAVIER ALBARRACIN DNI: 40.566.410 en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS QUINCE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 63/100 CTVS. ($15.959,63) en concepto de capital, con más la suma de pesos SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 82/100 CTVS. ($7.979,82) calculada provisoriamente para responder por intereses y costas del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de propiedad de la parte demandada hasta cubrir ambas cantidades, designando depositario judicial al afectado, y en caso negativo, a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley; debiendo además requerir la manifestación sobre si los bienes embargados registran prenda o algún otro gravamen y que en su caso se indique el monto del crédito, nombre, domicilio del o los acreedores. III.- La citará de remate para que dentro del plazo de cinco días comparezca ante este Juzgado y Secretaría a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución. IV.- Por igual término, se intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificado por ministerio de ley todas las resoluciones posteriores cualquiera sea su naturaleza (arts. 52 y 154 del C.P.C.). V.- A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto, líbrese Mandamiento al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de allanar domicilio y solicitar el auxilio de la fuerza pública si fuese necesario. VI.- Notificaciones en Secretaría, martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuese feriado. VII.- Notifíquese (Art. 155 C.P.C.).- Fdo. Dra. Mirta del Milagro Vega- Jueza, Ante mí: Dr. Gonzalo Ezequiel Ilán- Prosecretario Técnico de Juzgado. Otra providencia: “San Pedro de Jujuy, 25 de Noviembre, de 2022. I.- Informe actuarial que antecede, téngase presente.- II.- Atento las constancias de autos y conforme se solicita en escrito Nº 477486 presentado por el Dr. Carlos Abel Damian Aguiar, ordénese la notificación por edictos al demandado Sr. GASTON JAVIER ALBARRACIN DNI Nº 40.566.410, conforme lo prevee el art. 162 del CPC. Para el caso que el demandado no se presente a hacer valer sus derechos se le designará oportunamente un Defensor Oficial, que por turno corresponda.- III.- Notifíquese (Art. 155C.P.C.).- Fdo. Dra. Mirta Del Milagro Vega-Jueza, Ante Mí Dr. Gonzalo E. Ilán – Prosecretario. San Pedro de Jujuy, 25 de noviembre de 2022.- Notifíquese por edicto (art. 162 CPC) por tres veces en cinco días en Boletín Oficial y Diario Local.-
19/21/23 DIC. LIQ. Nº 30923 $1.350,00.-