BOLETÍN OFICIAL Nº 142 – 21/12/22

Cesión de Cuotas Sociales de “SYRAH CATERING & EVENTOS S.R.L. o “SYRAH CATERING &  EVENTOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”.- entre María Emilia Semacendi, DNI Nº 28.991.139, CUIT Nº 27-28991139-7, argentina, casado en primeras nupcias con Javier Siufi Calsina, DNI Nº 29.206.568, CUIT Nº 20-29206568-0, de profesión Licenciada en Turismo, con domicilio a todos los efectos en calle Ramírez De Velazco Nº 260, barrio centro de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, Argentina, en adelante la cedente, por una parte; y por la otra, la Sra. Micaela Goñi Bacigalupi, DNI Nº 30.276.856, CUIL/CUIT Nº 27-30276856-6, argentina, soltera, de Profesión Licenciada En Recursos del trabajo, con domicilio a todos los efectos en calle Goyechea Nº 239, Localidad de Yala, Depto. Dr. Manuel Belgrano, Provincia De Jujuy, en adelante la cesionaria, convienen en celebrar el presente contrato de cesión de cuotas sociales de “SYRAH C&E S.R.L.” O “SYRAH CATERING & EVENTOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, CUIT: 30-71670128-6, en adelante la sociedad, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: LA CEDENTE, cede, vende y transfiere a LA CESIONARIA y esta acepta de plena conformidad, cuatrocientas (400) cuotas sociales de la que es propietaria, tiene y le corresponden como socia de la sociedad, representativas del 50 % del capital social suscripto, de valor nominal inicial de pesos mil ($ 1000) cada una.- SEGUNDA: LA CEDENTE declara y se responsabiliza, que la venta incluye todas las cuotas sociales que posee de la sociedad, renunciando a todos sus derechos y declarando que no tiene reclamo alguno que formular por ningún concepto. de tal manera la cedente queda totalmente desvinculada de la sociedad, sin nada que reclamar a esta o a sus socios por ningún concepto, renunciando de esta manera a cualquier reclamo judicial o extra judicial, ya que ha obtenido una íntegra retribución conforme la valuación negociada, pactada y aceptada de sus cuotas sociales.- TERCERA: LA CEDENTE y la CESIONARIA, declaran que a través de los estados contables, comprobantes y documentación, incluyendo el respectivo contrato social, se encuentran plenamente en conocimiento de la situación patrimonial, económica y financiera de la sociedad que aceptan y ratifican totalmente, habiendo obtenido, tomado conocimiento y supervisado la documentación respectiva, liberando a la gerencia de la SRL y/o a sus socios y/o a la sociedad de cualquier responsabilidad con respecto a esto.- CUARTA: teniendo en cuenta el estado patrimonial actual de la SRL, la presente cesión se realiza por el precio total, único, definitivo y cancelatorio de pesos seiscientos mil ($600.000), los cuales se abonan en este acto, sirviendo el presente de formal recibo cancelatorio y carta de pago total, sin nada que adeudarse ni reclamarse.- QUINTA: LA CEDENTE declara: (a) que no está inhibida para disponer de sus bienes; (b) que las cuotas partes cedidas se encuentran libres de embargos, gravámenes, inhibiciones u otras restricciones a la libre disposición; y que por tales motivos subroga, en las proporciones referidas, a la cesionaria, en todos los derechos y acciones inherentes en su calidad, con la facultad de ejercerlos que nace de este instrumento, asumiendo la responsabilidad que cupiere por tales situaciones.-SEXTA: LA CEDENTE y CESIONARIA otorgan por este acto, poder especial en favor del Dr. Pedro Patricio Atauche, M.P.2496, por el término de dos años contados a partir de la fecha, con validez aún para después de sus fallecimientos, para realizar todas las tramitaciones y diligencias necesarias hasta lograr la inscripción y/o anotación definitiva de la presente cesión ante la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, y/o Juzgado Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y/o ante cualquier otro organismo o sede judicial que fuere necesario, pudiendo elevar la misma a escritura pública, si así lo resolviere o requirieren dichos organismos o la legislación vigente o la que la suplante, quedando facultado para proponer, realizar y/o aceptar las modificaciones o ampliaciones a la presente cesión en tanto no perjudiquen de ninguna manera a los firmantes ni desvirtúen las condiciones esenciales de precio, plazos, modalidades y garantías asumidas en este contrato por la cesionaria, y al contrato social, que el registro público de comercio de la provincia de Jujuy y/o Juzgado Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y/u otro organismo interviniente imponga, inclusive en lo relativo a la denominación de la sociedad, al capital social, ya sea la suscripción, integración y su composición, al objeto social, la administración y representación y demás estipulaciones, requisitos y cláusulas del contrato social, sin necesidad de otros requisitos. igualmente facultan al mencionado profesional, para interponer todos los recursos que las leyes procesales, administrativas y de sociedades comerciales prevén, firmando escritos, documentos y escrituras públicas que se requieran para tal fin y para que realice todos los demás actos, gestiones y diligencias que fueren necesarios para el mejor mandato.- SÉPTIMA: En virtud de lo aquí tratado, a los efectos que correspondiere, el cónyuge de la cedente, Sr. Javier Siufi Calsina, DNI Nº 29.206.568, CUIT Nº 20-29206568-0, presta consentimiento, conformidad y declara conocer lo establecido en el presente y la cesión de cuotas aquí efectuadas, con el alcance y dimensiones aquí pactadas, en cumplimiento de las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación y normativa vigente.- OCTAVA: Encontrándose presente en este acto el restante socio, Javier Siufi Calsina, DNI Nº 29.206.568, CUIT Nº 20-29206568-0, por derecho propio y en su calidad de gerente y representante de la sociedad, presta conformidad con la presente cesión, firmando en prueba de ello al pie en su doble carácter, quien afirma conocer la totalidad del presente, aceptando que se han cumplido todos los requisitos exigidos en el contrato constitutivo/estatuto de la sociedad, renunciando expresamente, a título personal y como gerente de la SRL, a sus derechos de preferencia y/u oposición y/o acrecer con respecto a las cuotas aquí cedidas y/o cualquier reclamo judicial o extra judicial por esta cuestión.- NOVENA: Conforme las estipulaciones del presente, lo establecido en el contrato constitutivo, y a los fines que correspondiere, se reafirma que el Sr. Javier Siufi Calsina, DNI Nº 29.206.568, CUIT Nº 20-29206568-0, continua siendo el gerente titular por tiempo indefinido, conforme cláusula décima primera y cláusula vigésima tercera, ss. y cc del contrato constitutivo, ostentando la administración, representación y el uso de la firma social. Además, se designa como gerente suplente en caso de vacancia, La Sra. Micaela Goñi Bacigalupi, DNI Nº 30.276.856, CUIL/CUIT Nº 27-30276856-6, quien hará las veces de administradora, representante y habilitada para el uso de la firma social, suplente. Durarán en el cargo por tiempo indeterminado salvo decisión en contrario de la simple mayoría de los socios que resuelvan su remoción o sustitución o se decida la incorporación de más gerentes sean o no socios (Cláusula 23º Contrato Constitutivo).- Las funciones y amplitud de sus funciones, estará regido por el contrato constitutivo, lo aquí establecido y la normativa supletoria aplicable. Conforme lo establecido anteriormente, a los fines que correspondiere, se reafirma como gerente titular de la firma al Sr. Javier Siufi Calsina, DNI Nº 29.206.568, CUIT Nº 20-29206568-0, quien cumplirá funciones también de Administrador, Representante Titular y habilitado para el uso de la firma social. además, se designa a la Sra. Micaela Goñi Bacigalupi, DNI Nº30.276.856, CUIL/CUIT Nº 27-30276856-6, como Gerente Suplente, quien cumplirá funciones también de Administradora, representante y habilitada para el uso de la firma social suplente en casos de vacancia. en este acto, los Sres. Siufi Calsina y Bacigalupi, prestan su conformidad y asumen/reafirman los cargos en las calidades consignadas. Asimismo, conforme contrato constitutivo y cláusula décima del presente, ambos no se encuentran incluidos y/o alcanzados dentro de la “Nómina de Personas Expuestas Políticamente” conforme Resolución 11-12 de la UIF. Los Sres. Javier Siufi Calsina, DNI Nº 29.206.568, CUIT Nº 20-29206568-0 y Micaela Goñi Bacigalupi, DNI Nº 30.276.856, CUIL/CUIT Nº 27- 30276856-6, no se encuentran incluidos y/o alcanzados dentro de las prohibiciones e incompatibilidades para ser gerente conforme lo previsto en los arts. 157 y 264 de la Ley General de Sociedades Nº 19550.- DECIMA: a los fines que correspondiere, quienes suscriben el presente y siendo los socios resultantes de la SRL, declaran bajo juramento que los datos aquí consignados son correctos, completos y fiel expresión de la verdad y que no nos encontramos incluidos y/o alcanzados dentro de la “nómina de personas expuestas políticamente” aprobada por la UIF, Resolución 11-12 UIF que hemos leído. Además, asumen el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada. Asimismo, declaran bajo juramento que la sede social se encuentra ubicada actualmente en calle Belgrano Nº 1060, Barrio Centro, San Salvador Jujuy, Provincia de Jujuy, domicilio en el cual funciona efectivamente la sede principal de la dirección y administración. a todo evento, asentamos los siguientes datos de los socios resultantes: – MICAELA GOÑI BACIGALUPI, DNI Nº 30.276.856, CUIL/CUIT Nº27-30276856-6, argentina, soltera, de profesión Licenciada en Recursos del Trabajo, nacida el 05 de mayo de 1983, con domicilio real y especial a todos los efectos en calle Goyechea Nº 239, Localidad de Yala, Depto. Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, correo electrónico: gonimicaela@gmail.com. – JAVIER SIUFI CALSINA, DNI Nº 29.206.568, CUIL/CUIT Nº 20- 29206568-0, argentino, casado en primeras nupcias con MARIA EMILIA SEMACENDI, DNI Nº 28.991.139, de profesión empresario gastronómico, con domicilio real y especial a todos los efectos en Ramirez de Velazco Nº 260, Barrio Centro de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, correo electrónico: javisiufi@gmail.com. – datos de la SRL: Denominación “SYRAH C&E S.R.L.” O “SYRAH CATERING & EVENTOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, CUIT: 30-71670128-6, domicilio real y fiscal en calle Belgrano Nº 1060, Barrio Centro, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, correo electrónico oficial de la SRL: javisiufi@gmail.com. La misma fue constituida mediante contrato de constitución de sociedad de responsabilidad limitada, inscripta en el Registro Público de Comercio de Jujuy, al folio 260, Acta Nº 260, Libro IV de S.R.L., en 15 de octubre de 2019. DECIMA PRIMERA: Las partes constituyen domicilios en los detallados en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales y extrajudiciales, y tendrán la obligación de comunicar en forma fehaciente cualquier modificación para que les sea oponible.- por cualquier divergencia suscitada con relación al presente, de la naturaleza que ella sea, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia De Jujuy, renunciando a todo otro fuero y jurisdicción que pudiere corresponder. En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en fecha 07 de Julio de 2022.- ACT. NOT. Nº B 00716122- A 00229720- ESC. MARIA EMILIA MACINA- ADS. REG. Nº 32- S.S. DE JUJUY-JUJUY.-

 

FISCALÍA DE ESTADO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESOLUCION Nº 915-DPSC/2022-

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-666/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 DIC. 2022.-

VISTO:

Las actuaciones de la referencia en las que el DR. PEDRO PATRICIO ATAUCHE, en carácter de persona autorizada de “SYRAH S.R.L.” solicita, la INSCRIPCION DE CESION DE CUOTAS SOCIALES.-

CONSIDERANDO:

Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoria Legal de esta Dirección Provincial  de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: ORDENAR la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día de Contrato de Cesión de Cuotas de SYRAH CATERING & EVENTOS S.R.L. de fecha 07 de julio de 2022, firmada por la Ara. MARIA EMILIA SEMACENDI DNI Nº 29.206.568; Sr. JAVIER SIUFI CALSINA DNI Nº 29.206.568 y la Sra. MICAELA GOÑI BACIGALUPI DNI Nº 30.276.856 en copia certificada por la Escribana María Emilia Macina Adscripta al Registro Notarial Numero 32, diligencias a cargo del Dr. Pedro Patricio Atauche

ARTÍCULO 2º: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

21 DIC. LIQ. Nº 30982 $1.000,00.-