BOLETÍN OFICIAL Nº 141 – 19/12/22

Dra. Mirta del M. Vega – Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 18, en el Expte Nº D-042342/2022, caratulado: “Ejecutivo: DAVID ALFREDO GONZALEZ c/ OMAR EDUARDO PAREDES”, procede a notificar al SR. OMAR EDUARDO PAREDES DNI Nº 16.785.971 de la siguiente providencia que a continuación se transcribe: “ San Pedro de Jujuy, 16 de septiembre de 2022. I.- Por presentado el Sr. DAVID ALFREDO GONZALEZ con el patrocinio Letrado presentado el Dr. Jorge Federico Toril, y por constituido el domicilio legal a los efectos procesales.- II.- Atento lo peticionado y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 259, 260 y cctes del CPC, previa FIANZA personal que deberá prestar, trábese embargo preventivo, sobre EL VEHÍCULO DOMINIO AB103LL, Toyota Hilux 4X4 D/C SRX 2.8 TDI, siempre y cuando este a nombre del demandado Sr. OMAR EDUARDO PAREDES DNI N° 16.785.971, por la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 00/100 CTVS. ($1.542.787) en concepto de capital, con más la de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES CON 50/100 CTVS. ($771.393,50) calculadas provisoriamente para responder por intereses y costas del juicio.- III.- De conformidad a lo dispuesto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo en contra del demandado Sr. OMAR EDUARDO PAREDES DNI: 16.785.971 en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 00/100 CTVS. ($ 1.542.787) en concepto de capital, con más la suma de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES CON 50/100 CTVS. ($771.393,50) calculada provisoriamente para responder por intereses y costas del juicio. En defecto de pago, hágase saber que se convierte en definitivo el embargo preventivo ordenado en autos sobre EL VEHÍCULO DOMINIO AB103LL, Toyota Hilux 4X4 D/C SRX 2.8 TDI, hasta cubrir ambas sumas. IV.- La citará de remate para que dentro del plazo de CINCO DÍAS comparezca ante este Juzgado y Secretaría a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución.- V.- Por igual término, se intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificado por ministerio de ley todas las resoluciones posteriores cualquiera sea su naturaleza (arts. 52 y 154 del C.P.C.). VI.- A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto, líbrese Mandamiento al Sr. oficial de Justicia, con facultades de ley. VII.- Notificaciones en Secretaría, martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuese feriado. VIII.- En consecuencia de lo ordenado en el Pto. II del presente decreto, una vez prestada la FIANZA solicitada, procédase al libramiento del oficio de embargo preventivo al Registro del Automotor. IX.- Notifíquese (Art. 155 C.P.C).- Fdo. Dra. Mirta del Milagro Vega – Jueza, Ante mí: Dr. Gonzalo Ezequiel Ilán- Prosecretario Técnico de Juzgado.- Otra providencia: “San Pedro de Jujuy, 29 de Noviembre, de 2022. I.- Informe actuarial que antecede, téngase presente.- II.- Atento las constancias de autos y conforme se solicita en escrito Nº 489350 presentado por el Dr. Jorge Federico Toril, ordénese la notificación por edictos al demandado Sr. OMAR EDUARDO PAREDES DNI Nº 16.785.971, conforme lo prevee el art. 162 del CPC. Para el caso que el demandado no se presente a hacer valer sus derechos se le designará oportunamente un Defensor Oficial, que por turno corresponda.- III.- Notifíquese (Art. 155C.P.C.).- Fdo. Dra. Mirta Del Milagro Vega-Jueza, Ante Mí Dr. Gonzalo E. Ilan – Prosecretario.- San Pedro de Jujuy, 29 de noviembre de 2022.- Notifíquese por edicto (art. 162 CPC) por tres veces en cinco días en Boletín Oficial y Diario Local.-

 

16/19/21 DIC. LIQ. Nº 30860-30866 $1.350,00.-