BOLETÍN OFICIAL Nº 140 – 16/12/22
MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO
DECRETO Nº 037/2022.-
PERICO DE SAN ANTONIO, 21 SEPT. 2022.-
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 026/2022 remitida por el Concejo Deliberante de San Antonio a esta Intendencia respecto a la Creación del Banco de Elementos Ortopédicos Municipal; y
CONSIDERANDO:
Que, en su Artículo Nº 3, se dispone que “el Departamento Ejecutivo provea de los fondos necesarios para realizar la compra de los elementos ortopédicos que conformarán el patrimonio básico de la entidad para el funcionamiento del BANCO”;
Que, es obligación del Estado Nacional y también del Estado Provincial proveer a la salud poblacional;
Que, si bien el Estado Municipal puede colaborar con ello, no está en condiciones de hacerlo en la actualidad por la falta de partidas presupuestarias para ello;
Que, la Ordenanza no prevé el origen de los fondos;
Que, si bien la esencia de tal Ordenanza radica en asistir a familias se nuestra comunidad que cuentan con N.B.I., con fondos económicos insuficientes para afrontar la obtención de elementos de ortopedia, hay que considerar que nuestro Departamento cuenta con numerosas familias que podrían ser calificadas como tales, debido al contexto socio económico actual;
Que, los beneficiarios de tal beneficio, deberán cumplir con requisitos indispensables como poseer domicilio real en el Departamento, presentar la debida prescripción médica expedida por personal calificado donde conste: trauma sufrido y tiempo estimado de uso del elemento ortopédico, además del correspondiente informe socio económico que avale su condición como persona perteneciente a una familia de escasos recursos, etc.;
Que, al hablar de elementos ortopédicos, es sumamente importante mencionar que los mismos poseen una amplia gama de clasificación, pudiendo ir desde lo más pequeño y sencillo hasta máquinas grandes y un poco más sofisticadas como, por ejemplo: sillas de ruedas, bastones, bastones canadienses, andadores, muletas, camas ortopédicas, valvas, audífonos, etc.;
POR ELLO:
En pleno uso de sus facultades;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO
DECRETA:
ARTÍCULO Nº 1: Vetar la Ordenanza Municipal Nº 026/2022 por las razones expuestas en el exordio.-
ARTÍCULO Nº 2: Notifíquese al Concejo Deliberante de San Antonio, en la forma de estilo.-
ARTÍCULO Nº 3: Comuníquese, tome conocimiento el área responsable, publíquese y luego archívese.-
Álvaro De Vedia
Intendente