BOLETÍN OFICIAL Nº 140 – 16/12/22

DECRETO Nº 6867-CyT/2022.-

EXPTE Nº 1302-537-2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 OCT. 2022.-

VISTO:

La participación del Sr. Secretario de Turismo de la Provincia de Jujuy en la Feria WTM World Travel Market, que se realizará en Londres- Reino Unido, entre los días 7 al 9 de noviembre, y

CONSIDERANDO:

Que, la feria World Travel Market London (WTM London) es una de las ferias más importantes de la industria turística dedicada al público profesional, ya que es un evento líder a nivel mundial para la industria del turismo, con calificados vendedores, cuyos principales objetivos son generar encuentros con clientes y actores claves del mercado.

Que, esta participación resulta de fundamental importancia para contactarse con profesionales de la industria de turismo y promocionar a la provincia de Jujuy como destino turístico, para mantener el desarrollo de acciones de promoción en el mercado anglosajón.

Que, en el marco de las disposiciones del artículo 18 de la Ley 4.159, corresponde establecer el monto diario de viáticos, que se liquidan por el periodo de duración del viaje, antes de la partida.

Por ello, en uso de facultades propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase la Comisión Oficial al exterior del Secretario de Turismo de la Provincia de Jujuy Lic. DIEGO FERNANDO VALDECANTOS D.N.I. 26.031.900 a llevarse a cabo entre los días 7 al 9 de noviembre 2.022 en Londres-Reino Unido, por las razones expresadas en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Establecer para el Secretario de Turismo, Lic. Diego Fernando Valdecantos, como monto diario de viáticos la suma de dólares estadounidenses doscientos (U$S200), comprendidos desde el 6 al 10 de Noviembre de 2.022.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande la presente comisión oficial será afrontada con la Partida prevista en el Presupuesto General de Gastos y cálculo de Recurso Ejercicio 2022 de la jurisdicción “X” Ministerio de Cultura y Turismo, U. de O. X3 Secretaría de Turismo 2-2-79-0 Servicios No Personales- Viáticos y Movilidad.-

ARTÍCULO 4°.- Tener presente lo normado en el artículo 30° de la Ley N° 4159: “Régimen General de Viáticos” en lo atinente a la rendición de cuentas ante la autoridad competente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese en el Boletín Oficial en forma integra y pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente a Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Presupuesto para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Cultura y Turismo a demás efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR