BOLETÍN OFICIAL Nº 140 – 16/12/22
DECRETO Nº 6843-E/2022.-
EXPTE Nº 1050-1286-13.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 OCT. 2022.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Otórgase a partir de la fecha del presente Decreto el incremento al 80% (ochenta por ciento) de Bonificación por Ubicación en Zona Desfavorable a la Escuela N° 197 “Pedro Bonifacio Palacios”, de la Localidad de Liviara, Departamento Rinconada de la Provincia de Jujuy, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento del presente instrumento legal se atenderá con la siguiente partida de Gastos en Personal que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, vigente:
JURISDICCION | F | MINISTERIO DE EDUCACION |
U. de O. | 4F | DIRECCION DE EDUCACION PRIMARIA |
Finalidad | 5 | CULTURA Y EDUCACION |
Función | 2 | EDUCACION ELEMENTAL |
Partida | 01-01-01-01-02-76 | Bonificación por Ubicación |
ARTÍCULO 3°.- El presente decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Tomen razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquense sintéticamente en el Boletín Oficial pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, pase sucesivamente para conocimiento de la Contaduría de la Provincia y la Dirección Provincial de Presupuesto. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR