BOLETÍN OFICIAL Nº 139 – 14/12/22

DECRETO Nº 6206-S/2022.-

EXPTE Nº 700-697/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 JUL. 2022.-

VISTO:

El Decreto N° 2444-S/2020, de fecha 21 de diciembre de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que, por el mentado acto administrativo se creó el adicional por Recurso Humano Critico de Salud para los agentes cuya profesión, actividad o especialidad, sea declarada recurso humano crítico dentro del ámbito del sistema sanitario de la provincia de Jujuy

Que, la declaración de recurso humano crítico corresponde al Ministerio de Salud, como autoridad de aplicación, como así también la emisión de las normas interpretativas y reglamentarias que resulten necesarias.

Que, a efectos de unificar criterios de liquidación, y evitar dilaciones o errores en las mismas, resulta oportuno redefinir conceptos y la base para el cálculo del mismo.

Por ello, y en uso de facultades propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el artículo 1° del Decreto N° 2444-S-2020, de fecha 21 de diciembre de 2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

ARTÍCULO 1°.- Crease el Adicional por Recurso Humano Critico de Salud para los agentes cuya profesión, actividad o especialidad, sea declarada recurso humano critico dentro del ámbito del sistema sanitario de la provincia de Jujuy. Tendrá el carácter de remunerativo y no bonificable.”

 

ARTÍCULO 2º.- Modifíquese el artículo 3° del Decreto N° 2444-S-2020, de fecha 21 de diciembre de 2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

ARTÍCULO 3º.- El adicional por Recurso Humano Critico de Salud, será determinado y otorgado por la autoridad de aplicación, debiendo su valor ser establecido o modificado con acuerdo del Ministerio de Hacienda y Finanzas.”

 

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será de aplicación a partir del 1° de Mayo de 2022.-

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Salud y Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 5º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase a Boletín Oficial para su publicación en forma integral, y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Cumplido Siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal.- Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR