BOLETÍN OFICIAL Nº 139 – 14/12/22

Cesión de Cuota Societaria.- Entre don RAFAEL EDUARDO BURGOS, argentino, Documento Nacional de Identidad Nº 10.153.388, cuit Nº 20-10153388-4, de 69 años, nacido el seis de Abril de mil novecientos cincuenta y tres, soltero, comerciante, con domicilio real en calle Salta sin numero de la localidad de Tumbaya, departamento Tumbaya de la Provincia de Jujuy, denominado en adelante “EL CEDENTE, y por la otra parte don RAFAEL NICOLAS BURGOS CAÑARES, Argentino, Documento Nacional de Identidad Nº 31.817.229, cuit Nº 20-31817229-4, de 36 años, nacido el seis de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco, soltero, comerciante, con domicilio real en calle Chacabuco Nº 36 del Barrio Coronel Arias de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, y doña LAURA FERNANDA MATURANO, argentina, Documento Nacional de Identidad Nº 33.757.849, cuil Nº 27-33757849-2, de 34 años, nacida el once de agosto de mil novecientos ochenta y ocho, soltera, comerciante, con domicilio real en Av. Hipólito Irigoyen de la Localidad de Lozano, Provincia de Jujuy, denominados conjuntamente en adelante “EL CESIONARIO” han convenido celebrar el presente convenio privado de CESION DE CUOTAS PARTE DE S.R.L., que se regirá por las cláusulas y condiciones siguientes PRIMERO: El Cedente Sr. RAFAEL EDUARDO BURGOS, CEDE Y TRANSFIERE, un total de DOSCIENTAS (200) cuotas partes societarias, suscriptas y totalmente integradas, cada una con un valor nominal de PESOS UN MIL ($1.000,00) de la siguiente forma: A) Cede a favor del señor RAFAEL NICOLAS BURGOS CAÑARE un total de Ciento ochenta (180) cuotas partes societarias, cada una de Pesos Un Mil.- y B) Cede a favor de la señora LAURA FERNANDA MATURANO, un total veinte (20) cuotas partes que tiene como bien propio en la sociedad denominada “NELI DISTRIBUCIONES S.R.L.”, CUIT Nº 30-71726469-6, sociedad con domicilio legal y sede social en calle Los Cafetales esquina Palo Borracho, sin Nº, Lote siete de la Manzana cinco del barrio Alto Comedero de S.S. de Jujuy, Provincia de Jujuy, sociedad con correo electrónico: nelidistribuciones@hotmail.com, constituida por instrumento Privado de fecha Dos de Junio de 2021, por un monto total de Capital de Pesos DOS MILLONES ($2.000.000,00) integrado por dos mil cuotas sociales, y Adenda del Acto Constitutivo de Neli Distribuciones S.R.L. de fecha Diez de Febrero del Dos mil veintidós, instrumentos Privados que debidamente Certificados fueran Inscriptos en la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, Registro Público, Fiscaliza de Estado, de la Provincia de Jujuy, al Folio Ciento treinta y nueve, (39) Acta Ciento sesenta y uno (161), Libro I, y Registrado con copia bajo Asiento Numero Ciento sesenta y uno, (161) al Folio cero uno guión dieciséis del Legajo Ciento sesenta y uno, del Registro de Escrituras Mercantiles S.R.L, en fecha Dos de Septiembre de 2022.- En consecuencia el Cedente Cede y Subroga a los Cesionarios referidos todos los derechos, créditos y acciones que le pudieran corresponder en la referida sociedad, para que los cesionarios lo ejerciten en forma oportuna respectivamente.- SEGUNDO: La Presente Cesión se otorga por el monto total y convenido de pesos DISCIENTOS MIL ($200.000) que el cedente recibe en dinero de contado efectivo en este acto a su entera satisfacción, por lo que otorga formal recibo y Carta de Pago por dicho importe.- TERCERO:  El señor Rafael Nicolás Burgos Cañare, manifiesta que se dio cumplimiento con el Articulo Quinto de los Estatutos Societario, agrega que se le comunico con la debida antelación de la intención de otorgarse la presente Cesión de Cuota y que no ejerce su derecho prioridad o preferencia en la adquisición de las cuotas societarias antes referidas, firmando el presente convenio de Cesión de conformidad en prueba de lo expresado.- CUARTO: Cedente o Cesionarios indistintamente, a partir de la fecha se encuentran facultados a realizar todos los actos, tramites y gestiones necesarias para la toma de razón de la presente Cesión por las Autoridades competentes en la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, Registro Público, Fiscalía de Estado, Provincia de Jujuy.- QUINTO: Se deja constancia de que no se modifica en ninguna de sus partes los Estatutos constitutivos de la Sociedad antes referida.- SEXTO: Los Cesionarios referidos liberan y deslindan a don RAFAEL EDUARDO BURGOS, de toda obligación presente o futura con la sociedad denominada “NELI DISTRIBUCIONES S.R.L.”, y/o terceros acreedores de la empresa, a su vez recíprocamente el Sr. RAFAEL EDUARDO BURGOS, expresa que no es acreedor de ningún crédito ni existe obligación pendiente que se le adeude por la firma “NELI DISTRIBUCIONES S.R.L” renunciando en consecuencia las partes contratantes a reclamaciones reciprocas de cualquier naturaleza o especie.- SEPTIMO: DECLARACION JURADA. Quienes suscribimos este convenio los Sres. RAFAEL NICOLAS BURGOS CAÑARE, D.N.I. Nº 31.817.229 y LAURA FERNANDA MATURANO D.N.I. Nº 33.757.849, declaramos bajo juramento que los datos consignados en la presente son correctos, completos y fiel expresión de la verdad y que NO nos encontramos incluidos y/o alcanzados dentro de la “Nomina de Funciones de Personas Expuestas Políticamente” aprobada por la Unidad de Información Financiera, Res. UIF 11/2011-52/12 y modificatorias, que hemos leído, conocemos y suscripto. Además, asumimos el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto dentro de los treinta (30) días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva Declaración Jurada.- OCTAVO: En este acto el cedente manifiesta no encontrarse inhibido para disponer de sus bienes.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los Veintiocho días del mes de Octubre del año dos mil veintidós, se firman cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, recibiendo cada parte una copia de igual tenor.- ACT. NOT. Nº B 00736762- ESC. MARIA  LUCIA LINARES- ADS. REG. Nº 5- S.S. DE JUJUY-JUJUY.-

 

FISCALÍA DE ESTADO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESOLUCION Nº 878-DPSC/2022-

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-710/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 5 DIC. 2022.-

VISTO:

Las actuaciones de la referencia en las que el SR. RAFAEL EDUARDO BURGOS, en carácter de SOCIO solicita, la INSCRIPCION DE CESION DE CUOTAS SOCIALES de “NELI DISTRIBUCIONES S.R.L.” y,

CONSIDERANDO:

Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoria Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: ORDENAR la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día de Contrato de Cesión de Cuotas Sociales de fecha 28 de octubre de 2022 de “NELI DISTRIBUCIONES S.R.L.” cuyas copias obran en autos.

ARTÍCULO 2º: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

14 DIC. LIQ. Nº 30889 $659,00.-