BOLETÍN OFICIAL Nº 138 – 12/12/22
DECRETO Nº 7258-ISPTyV/2022.-
EXPTE. N° 600-907/2022.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 NOV. 2022.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
La necesidad de actualizar los montos que, como tope, se aplicaron EN VIRTUD DEL Decreto N°5210-ISPTYV de fecha 07 de marzo de 2022 para la contratación de equipo pesado que resulte necesario utilizar en las obras a ejecutar por todos los organismos públicos dependiente del Poder Ejecutivo Provincial.
Que, entre las finalidades y funciones asignadas al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda se encuentra “La reglamentación, aplicación y fiscalización de los sistemas de reajuste del costo de las obras y trabajos públicos sujetos al régimen legal en la materia” (Art. 25, inciso 10 de la Ley N° 5875);
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Fijense los montos por hora que, como tope-con impuestos incluidos- se establecen para la contratación de equipos pesados efectuados por todos los organismos dependientes delo poder ejecutivo provincial, incluidos los autárquicos y descentralizados, conforme se indica a continuación:
EQUIPO | POTENCIAS O CAPACIDADES | PRECIO POR HORA O KM (con impuestos incluidos) |
Topadora Tipo CAT D-8 o similar | 310 HP | $ 13,440,00 (por hora) |
Topadora Tipo CAT D-7 o similar | 220 HP | $10.500,00 (por hora) |
Topadora Tipo CAT D-6 o similar | 180 HP | $6.100,00 (por hora) |
Excavadora Tipo CAT 330 o similar | 180 HP | $8.960,00 (por hora) |
Excavadora Tipo CAT 320 o similar | 150 HP | $7.840,00 (por hora) |
Cargadora Frontal Tipo CAT 950 o Similar (=2.0 m3) | 130 HP | $6.580.00 (por hora) |
Retroexcavadora Tipo CAT 416 o similar | 75 HP | $5.110,00 (por hora) |
Camión Tipo Tatto (Cap. 14 m3) | $5.040,00 (por hora) | |
Camión con Batea (Cap. 20 m3) | $5.740,00 (por hora) | |
Camión Volquete (Cap. 6 m3) | $2.730,00 (por hora) | |
Camión Tipo Tractor | Más de 250 hp | $3.290,00 (por hora) |
Camión Tipo Tractor | Menos de 250 hp | $2.590,00 (por hora) |
Camión Tipo Compactador | Más de 18 m3 | $2.940,00 (por hora) |
Camión Tipo Compactador | Menos de 18 m3 | $2.730,00 (por hora) |
Motoniveladora | Hasta 170 hp | $8.050,00 (por hora) |
Camión con carretón | Menos de 250 hp | $252,00 (por kilómetro) |
Camión con carretón | Más de 45 tn. | $406,00 (por kilómetro) |
Camión Regador | 10.000 Lts. | $3.150,00 (por hora) |
Rodillo Compactador | 11 tn. | $7.840,00 (por hora) |
ARTICULO 2º.- Establecer que las contrataciones referidas, no podrán superar el tope de DOSCIENTAS CINCUENTA (250) horas maquinarias por mes, salvo situaciones expresas de emergencia que lo ameriten y se encuentren debidamente justificadas.-
ARTICULO 3º.- Invitar a los municipios y comisiones municipales, de la provincia a adherir a los términos del presente Decreto.-
ARTICULO 4°.- Registrese. Tome razón Fiscalia del Estado, pase a Conocimiento del Tribunal de Cuentas, dese al Registro, Publiquese- en forma integral- en el Boletin Oficial, siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión y pase sucesivamente a Ministerio de Gobierno y Justicia; de Hacienda y Finanzas, de Desarrollo Económico y Producción; de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; de Salud; de Desarrollo Humano; de Educación; de Trabajo y Empleo; de Cultura y Turismo; de Ambiente y de Seguridad, para su conocimiento. Cumplido, pase a la Dirección de Trámite y Archivos, a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR