BOLETÍN OFICIAL Nº 137 – 07/12/22

Dra. Elba Rita Cabezas, Vocal de la Sala Primera de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Presidente de trámite en el Expte. N° C-189298/21- caratulado: “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE INMUEBLES: ARANCIBIA, FLAVIA MIGUELINA C/ CLUB JUJEÑO DE CAZADORES Y PESCADORES”, notifica a los interesados que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir, Parcela individualizada con el Nº 89 en el Plano de Mensura para Prescripción Adquisitiva aprobado por Resolución Nº 14282, de fecha 26 de junio de 2014, de la Dirección Provincial de Inmuebles, con una superficie de 8.268,08 m2, que se disgrega del inmueble de mayor extensión individualizado como Parcela 12, Sección 8, Circunscripción 1, Padrón A-53535, Matrícula A-12431, ubicado en Barrio Alto La Viña, de esta Ciudad, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, de propiedad del Club Jujeño de Cazadores y Pescadores, la siguiente providencia: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de julio de 2022. I.- … II.- De la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva interpuesta, córrase traslado al CLUB JUJEÑO DE CAZADORES Y PESCADORES, en el domicilio denunciado a fs. 19 y a “todos que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir” mediante edictos, para que la contesten dentro del plazo de QUINCE DIAS hábiles, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a hacerlo si así no lo hicieren (Art. 298 del C.P. Civil, Art. 531º del C.P. Civil – Conf. modificación Ley 5486). III.- Publíquense Edictos por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local. IV.- Además deberán exhibirse los edictos en el local de la MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY correspondiente al inmueble a usucapir. Trasmitir mediante radiodifusión local durante TREINTA DIAS, debiendo acreditarse con la certificación respectiva (conf. Art. 535º del C.P.Civil –modif. Ley 5486). V.- Intímeselos en igual término para que constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles en lo sucesivo por Ministerio de ley. VI.- Notificaciones en Secretaría: Martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. VII.-…VIII.- Notifíquese por cédula. – San Salvador de Jujuy, 24 de noviembre de 2022.- Firmado por Soza, María Eugenia – Secretario de Cámara.-

 

05/07/12 DIC. LIQ. Nº 30767 $1.350,00.-