BOLETÍN OFICIAL Nº 136 – 05/12/22

Dr. Jorge Daniel Alsina, Vocal de la Vocalía 5- Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el Expte.  N° B-275604/12: “Ordinario por Formación de Titulo: HAROIAN MABEL IRENE c/ CERNUSCHI JUAN BAUTISTA VICENTE; SCARO DE CERNUSCHI ITALIA ARGENTINA y otros”.- Se ha dictado el siguiente Decreto: “San Salvador de Jujuy, 28 de Febrero de 2014.- Proveyendo escrito de fojas 129: Estése al informe actuarial que antecede.- Previo a todo tramite, citase a los colindantes del inmueble objeto de la presente medida, Sres. MARIA ARAKELIAN, NICHAN HAROIAN Y JR e HIJOS S.R.L. para que tome conocimiento del presente juicio y si considerare afectados sus derechos pidan participación como demandado, dentro  del término de QUINCE DIAS hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparencia no afecta sus derechos.- Atento lo informado, dese por decaído el derecho a comparecer a juicio a los Sres. JUAN BAUTISTA VICENTE CERNUSCHI, FRANCISCO CARLOS SCARO, ITALO FRANCISCO PEDRO SCARO, NELDA NERINA SCARO.- Cumplido, se designara Defensor Oficial de los nombrados precedentemente.- Asimismo, con respecto a la codemandada ITALIA ARGENTINA SCARO DE CERNUSCHI fallecida, intímase a la parte que representa la Dra. Elizabeth B. Ruiz a denuncia nombre, apellido, domicilio real los herederos de la misma.- Actuando en autos el principio contenido en el primer párrafo del Art. 50 y 72 del C.P.C., impónese a la parte interesada la carga de confeccionar  el EDICTO ordenado para su posterior control y firma del Tribunal lo que deberán presentarse en Secretaria de esta Sala.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Jorge Daniel Alsina- Vocal- Ante Mi: Ana Lía Lorente- Prosecretaria.- Publíquense Edictos en un diario local y en el Boletín Oficial tres veces en cinco días.-

 

02/05/07 DIC. LIQ. Nº 30674-30673-30672 $1.350,00.-