BOLETÍN OFICIAL Nº 135 – 02/12/22

Contrato de Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.).- Entre los Sres. MARIA NATALIA LAREDO, de 29 años de edad, nacida el día 06-03-1993, de estado civil soltera, de nacionalidad argentina, comerciante, domiciliada en calle Portugal 90 del Bº Alto La Viña de esta Ciudad, D.N.I. nº 36.182.735 CUIT 27-36182735-5 y ELVA FANNY CICLER de 78 años de edad, nacida el 22-03-1945, soltera, de nacionalidad argentina, comerciante, domiciliada en calle 18 de noviembre nº 468 Bº Alte. Brown de esta Ciudad con DNI 5.000.545, CUIT 27-05000545-9, constituyen una SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA que se regirá por las disposiciones de la Ley General de Sociedades 19.550, más las declaraciones y cláusulas que siguen: PRIMERA (I.- Denominación y Domicilios): La sociedad se denominará LAS TIPAS S.R.L. y tendrá el domicilio de la sede social, legal y asiento de la administración en calle Portugal nº 90 del Bº Alto La Viña de esta Ciudad, pudiendo trasladar el domicilio e instalar sucursales, agencias y representaciones en toda la provincia de Jujuy, como en otras provincias, incluida Capital Federal y naciones extranjeras integrantes del Mercosur. Con domicilio electrónico tipasparque@gmail.com.- SEGUNDA: (II.- Plazo): 1.- Tendrá un plazo de duración de cincuenta (50) años a partir del día de su inscripción registral. 2.- Este plazo podrá ser prorrogado por veinte (20) años más, con el voto de la mayoría que represente como mínimo las tres cuartas (3/4) partes del capital social.- TERCERA (III.- Objeto Social): El objeto social será el de gastronomía en todos sus rubros, confitería, resto bar, casa de comidas, eventos, catering y toda otra actividad englobada en el rubro, inclusive el transporte de alimentos en general, por cuenta propia o de terceros.- CUARTA (IV.- Capital): El capital social es de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000.-), divididos en CIEN (100) cuotas de PESOS DIEZ MIL ($10.000.-) de valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran en efectivo de acuerdo al siguiente detalle: a) La Sra. MARIA NATALIA LAREDO suscribe (67) cuotas, por un total de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA MIL ($670.000.-), integrando en este acto el 25% o sea PESOS CIENTO SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($ 167.500.-) y b) La señora ELVA FANNY CICLER suscribe (33) cuotas por un total de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL ($ 330.000.-), integrando en este acto el 25% o sea PESOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 82.500.-); el saldo se completará en el plazo de dos años o antes, si las necesidades sociales lo requiriesen.- QUINTA (V.- Ganancias y Pérdidas): Las utilidades o ganancias se distribuirán y las pérdidas se soportarán en partes iguales y conforme al porcentaje del capital aportado de acuerdo a las proporciones siguientes: a) La socia MARIA NATALIA LAREDO participará del sesenta y siete (67) por ciento de las utilidades y soportará el sesenta y siete (67) por ciento de las pérdidas; b) La socia ELVA FANNY CICLER participará del treinta y tres (33) por ciento de las utilidades y soportará el treinta y tres (33) por ciento de las pérdidas.- SEXTA (VI.- Transmisión de Cuotas Sociales): 1.- Los socios podrán transmitir libremente sus cuotas entre ellos y familiares directos y respecto de terceros ajenos a la sociedad y familia se requerirá la unanimidad de los socios vigentes.- 2.- El valor de las cuotas se determinará por medio de un balance general a la fecha de la cesión.- SEPTIMA (VII.- Sucesores del fallecido): En caso de fallecimiento de cualquiera de los socios, podrán incorporarse a la sociedad sus herederos a partir del momento que acrediten esa calidad, en el ínterin actuará en su representación el administrador de la sucesión.- OCTAVA (VIII.- Administración): 1.- La administración y representación legal estarán a cargo del socio gerente Sra. MARIA NATALIA LAREDO DNI nº 36.182.735, designada por los socios por veinte (20) años y podrá ser reelegido; por tiempo indeterminado. Solo en caso de ausencia de ésta podrá actuar la Sra. ELVA FANNY CICLER DNI 5.000.545. 2.- Tendrán todas las facultades para administrar y disponer de los bienes e incluso para los actos que requieran poderes especiales conforme al artículo 9º del Decreto Ley 5.965/63. 3.- La elección (y reelección) se realizará por mayoría del capital partícipe en el acuerdo. En este acto la Sra. MARIA NATALIA LAREDO y ELVA FANNY CICLER formulan aceptación al cargo de gerente titular y suplente.- NOVENA (IX.- Reuniones y Decisiones): 1.- Los socios se reunirán ordinariamente en Asamblea cada doce (12) meses, pero para resolver cuestiones extraordinarias no habrá limitaciones a su convocatoria, que podrá realizarse por cualquier socio. 2.- Las resoluciones sociales serán adoptadas por los socios mediante declaración escrita en la que todos expresen el sentido de su voto, volcado en el libro de actas, debiendo dichas actas también ser firmadas por el gerente. 3.- Para las resoluciones sociales que no conciernan a la modificación del contrato o a la designación o revocación de gerentes se adoptará por mayoría del capital presente en la Asamblea o partícipe del acuerdo.- DECIMA (X.- Ejercicio Social): 1.- La sociedad cerrará su ejercicio económico el día 15 de diciembre de cada año. El administrador realizará a dicha fecha un balance para determinar las ganancias y pérdidas, el cual se pondrá a disposición de los socios por el plazo de quince (15) días a su consideración. 2.- De las utilidades líquidas y realizadas se destinará un dos (2%) por ciento al fondo de reserva legal, hasta alcanzar el veinte (20%) por ciento del capital social para la retribución del o los administradores y el saldo se distribuirá entre los socios en proporción a sus aportes.- UNDECIMA (XI.- Árbitros): Toda divergencia en la interpretación de este contrato será resuelta por Tribunal Arbitral, en este caso por el departamento de mediación dependiente del poder judicial y su resolución será inapelable.- DUODECIMA (XII.- Disolución): 1.- Disuelta la sociedad, la liquidación estará a cargo del administrador o de quien designen los socios. 2.- Una vez cancelado el pasivo, el saldo se adjudicará a los socios, en proporción a sus aportes.- DECIMOTERCERA (XIII.- Declaración Jurada): Los socios MARIA NATALIA LAREDO DNI nº 36.182.735 y ELVA FANNY CICLER DNI 5.000.545 declaran bajo fe de juramento que no se encuentran alcanzados o incluidos en la nómina de personas Políticamente Expuestas (Res. UIF 11/2011).- DECIMOCUARTA (XIV.- Firmas e Instrumentación): Se suscriben DOS ejemplares de igual tenor y al mismo efecto, de catorce (14) cláusulas en dos (2) fojas y se entregan a los socios MARIA NATALIA LAREDO y ELVA FANNY CICLER, quienes de conformidad los reciben.- DECIMOQUINTA (XV.- Autorizaciones): Las partes autorizan al Dr. FEDERICO JOSE MONTALBETTI, abogado del Foto Local, con domicilio en Avenida 19 de Abril nº 661-Tercer Piso-Departamento “D” de esta Ciudad Capital, correo electrónico federicomontalbetti@hotmail.com a realizar todos los trámites judiciales y administrativos tendientes a la inscripción de la sociedad.- DECIMOSEXTA (XVI.- Lugar y Fecha): Celebrando en San Salvador de Jujuy, a los 15 días del mes de Noviembre del año Dos Mil Veintidós.- ACT. NOT. Nº B 00746177- A 00238357- ESC. GASTON SANTIAGO APARICIO- TIT. REG. Nº 34- S.S. DE JUJUY –JUJUY.-

 

RESOLUCION Nº 836-DPSC/2022- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-735/2022.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 17 de Noviembre de 2022.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

02 DIC. LIQ. Nº 30704 $1.000,00.-