BOLETÍN OFICIAL Nº 135 – 02/12/22

Dr. Puca Diego Armando Juez Dr. Zalazar Reinaldi, Juan Pablo- Firma Hab., en el Ref. Expte. C-146886/19 caratulado “Cesación de cuota alimentaria en Exp. Principal A-049453/1990: CAICONTE AMBROCIO ROBERTO C/ CAICONTE SOLEDAD ROSANA; CAICONTE OMAR ORLANDO; Y OTROS” hace saber que se ha dictado la siguiente providencia en autos: “Ref. Expte. C-146886/19.- San Salvador de Jujuy, 08 de Noviembre de 2022.- Autos y Vistos: Resulta: … Considerando…Resuelvo: 1.- Hacer lugar a la pretensión deducida por el Sr. Roberto Ambrocio Caiconte, DNI 11.153.024, respecto de sus hijos Sres. Soledad Roxana Caiconte DNI 29.629.141, Omar Orlando Caiconte, DNI 28.036.014, María Alejandra Caiconte, DNI 25.165.235. 2.- Ordenar el cese de la cuota alimentaria fijada oportunamente a favor de los accionados en autos principales, mediante oficio correspondiente al Expediente Nº A-40453/1991, caratulado: “Divorcio Vincular por mutuo acuerdo de Eusebio Vilte y Ambrosio Roberto Caiconte”, Dirección Provincial de Vialidad y el Banco Macro S.A., en el porcentaje del treinta por ciento (30%) de lo que por todo concepto percibe el actor de dicha institución como empleado, por los argumentos dados en los considerandos de la presente  resolución, librando el correspondiente oficio.- 3.- Ordenar la publicación mediante edictos de la presente resolución, y firme la misma librar los oficios respectivos. 4.- Notificar por cedula, agregar copia en autos, protocolizar, oficiar, y oportunamente archivar.- Firmar Dr. Diego Armando Puca- Juez- ante mi Dr. Juan Pablo Zalazar Reinaldi- Secretaria Habilitado.- Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local, tres veces en cinco días. San Salvador de Jujuy, 15 de Noviembre de 2022.-

 

30 NOV. 02/05 DIC. LIQ. Nº 30686 $1.350,00.-