BOLETÍN OFICIAL Nº 135 – 02/12/22

La Dra. ALEJANDRA M. L. CABALLERO, Vocal de la Sala tercera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de trámite en el Expte. N° C-176404/2021 Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: ALBORNOZ, VICENTE ZENON c/ SALAS, BRUNO y otros, notifica a los herederos del Sr. BRUNO SALAS y a quienes se consideren con derecho, que se ha dictado la siguiente providencia: ” San Salvador de Jujuy, 12 de septiembre de 2022. 1. Téngase presente lo manifestado por la Dra. DANIELA PELAGATTI en su presentación del diez de agosto del cte. año, con respecto a la inexistencia de juicio sucesorio de BRUNO SALAS. 2. Atento el estado de la causa y a fin de la debida traba de la Litis (art. 530 de la Ley nº 5486), confiérese traslado de la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva del inmueble individualizado como Padrón I-593, Circunscripción 1, Sección 3, Parcela 95, Matrícula I-3552, ubicado en calle sin nombre, Villa Perchel, Perchel y Monterrey, Distrito Huacalera, Departamento Tilcara, Provincia de Jujuy, al ESTADO PROVINCIAL, a los herederos del Sr. BRUNO SALAS y a quienes se consideren con derecho, en la forma de estilo, por el plazo de QUINCE (15) DÍAS, y bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hicieren (art. 298 del C.P.C., Art. 531º del C.P.C. – Conf. modificación Ley 5486). 3. Intímaseles para que en igual término, constituyan domicilio dentro de los tres kms. del asiento de esta Sala, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de ley todas las resoluciones posteriores (art. 52 del C. P. C.). 4. Atento lo dispuesto por el Código Civil y Comercial de la Nación (Ley nº 26.994), ordénase la anotación de litis en el Registro de la Propiedad Inmueble sobre el inmueble objeto de la presente causa. 5. Notifíquese (art. 155/6 del C.P.C.).Fdo. Dra. Alejandra M. L. Caballero – Presidente de trámite. Ante mí: Dra. Liliana E. Chorolque- Secretaria.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos (art. 162 del C.P.C).- San Salvador de Jujuy, de noviembre de 2022.-

 

28/30 NOV. 02 DIC. LIQ. Nº 21578-21564 $1.350,00.-