BOLETÍN OFICIAL Nº 133 – 28/11/22

Cesión de Cuotas Sociales– En la ciudad de San Pedro de Jujuy, a los 28 días del mes de enero de 2021, entre el Sr. MIGUEL ANGEL ALVAREZ, argentino, mayor de edad, DNI N° 8.068.458, comerciante, domiciliado en calle Monteagudo N° 571 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán, casado en primeras nupcias con Marta del Valle Andrés, argentina, mayor de edad, DNI N° 5.151.522, comerciante, domiciliada en calle Monteagudo N° 571 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán; en adelante CEDENTE; y el Sr. MIGUEL ANGEL ALVAREZ (hijo), argentino, mayor de edad, DNI Nº 24.200.471, comerciante, domiciliado en calle Vélez Sarsfield Nº 162, de la localidad de San Pedro de Jujuy, Provincia de Jujuy, soltero; en adelante CESIONARIO; celebran este Contrato de Cesión de Cuotas Sociales, sujeto a las siguientes cláusulas: PRIMERA: El CEDENTE transfiere, y el CESIONARIO acepta, la totalidad de sus Cuotas Sociales de las que es titular en la firma “LAS CENTENARIAS S.R.L.”, que representan el 50% de su participación en dicha sociedad y el 50% del capital social de la misma. El valor de la presente transferencia se fija en la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000,00.-), lo que son abonados en este mismo acto, sirviendo el presente instrumento de suficiente comprobante de pago.- SEGUNDA: Los aportes del CEDENTE se encuentran plenamente integrados a la fecha.- TERCERA: El CEDENTE se desvincula de la Sociedad en su carácter de socio, renunciando a todo derecho u obligación que surja de su cuenta particular, a partir del momento de la cesión de sus cuotas sociales. El CEDENTE declara que nada mas tiene que reclamar a la Sociedad por ningún concepto. La conyugue del CEDENTE, Marta del Valle Andres, presta su total e incondicional conformidad a la presente transferencia de cuotas sociales.- CUARTA: El socio restante integrante de la sociedad, Sra. BLANCA BEATRIZ BELLINO, DNI Nº 22. 583.352, presta su conformidad a esta cesión y a la modificación del Contrato Social, en lo referente al cambio de titulares de la Sociedad y a cualquier otro punto derivado de esta transferencia de Cuotas Sociales. QUINTA: Para todos los efectos judiciales y extrajudiciales, las partes constituyen domicilio en los arriba mencionados, siendo válida toda notificación dirigida a los mismos. SEXTA: Se faculta al Dr. Serra Carlos Federico, DNI 22.667.047 a los fines de inscribir en el Registro Público de Comercio la presente Cesión de Cuotas Sociales y la correspondiente modificación del contrato social, como también a realizar todo otro acto inherente o derivado de la presente cesión. SEPTIMA: Para el caso de divergencias que pudieran surgir entre las partes, como consecuencia de este contrato o sus efectos emergentes, serán dirimidas por vía judicial ante los Tribunales Ordinarios de la ciudad de San Pedro de Jujuy, con exclusión de todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.- En prueba y conformidad con las cláusulas arriba expuestas se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.- ACT. NOT. Nº B 00584991- A 00207088- ESC. MARIA VALERIA BORDALLO- TIT. REG. Nº 71- SAN PEDRO DE JUJUY- JUJUY.-

 

RESOLUCION Nº 509-DPSC/2022- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-136/2022.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 08 de agosto  de 2022.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

28 NOV. LIQ. Nº 30017 $1.000,00.-