BOLETÍN OFICIAL Nº 133 – 28/11/22

INFORME PROFESIONAL DEL AUDITOR- CERTIFICACION CONTABLE DE SALDO DE CUENTA “CAPITAL SOCIAL” SEÑORES de LA PERLA DEL RAMAL SRL CUIT 30709659991. I. Explicación del alcance de una certificación. En mi carácter de contador público independiente, a su pedido, y para ser presentado ante el Registro Público de Comercio de Jujuy emito la presente CERTIFICACION conforme con lo dispuesto por las normas incluidas en la sección VI de la Resolución Técnica Nº 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, conforme ha sido aprobada por la Resolución de CD N° 09 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Jujuy. Dichas normas exigen que cumpla los requerimientos de ética, así como que planifique mi tarea. Para reunir los elementos de juicio válido y suficiente he examinado la totalidad de la documentación sobre la que se emitirá una certificación. La certificación se aplica a ciertas situaciones de hecho o comprobaciones especiales, a través de la constatación con registros contables y otra documentación de respaldo. Este trabajo profesional no constituye una auditoría ni una revisión y por lo tanto, las manifestaciones del contador público no representan la emisión de un juicio técnico respecto de la información objeto de la certificación. II. Detalle de lo que se certifica Declaración preparada por la Gerencia de “La Perla del Ramal SRL”, bajo su exclusiva responsabilidad, la que se adjunta a la presente sobre la composición del saldo de la cuenta Capital Social al 07 de Julio de 2021 cuyo monto asciende a $ 8100000,00 (pesos ocho millones cien mil) dividido en ochocientos diez (810) cuotas sociales de pesos diez mil cada una III. Alcance específico de la tarea realizada Mi tarea profesional se limitó a cotejar la información incluida en la declaración de saldo de la cuenta Capital Social detallada en el párrafo anterior con la siguiente documentación: *Libro de Acta de Asamblea de Socios *Registraciones Contables del Ejercicio Económico Anual 2020, iniciado el 01/01/2020 y finalizado el 31/12/2020 *Liquidación y Pago del Impuesto de Sellos (s/Art.171 Ley 5791, s/Liq. Nº 2-1-361- 812696/2021, F.0155 de fecha 22/02/2021 por $ 80965,00) correspondiente al instrumento en el cual se plasma el aumento de Capital *Estados Contables por el Ejercicio Anual 2017/2018/2019 *Entrevista con los Socios. Del cotejo surge que la empresa “La Perla del Ramal SRL” CUIT Nº 30709659991 con domicilio en calle Juan I. Gorriti 411, San Pedro de Jujuy ha realizado la Reunión de Socios de carácter unánime, transcripta en el Libro de Actas de Asambleas Nº I según Fs.34 a 36 Tal cónclave societario de fecha 20 de Noviembre de 2020 aprobó el aumento de capital de $ 8090000,00 (pesos ocho millones noventa mil) ascendiendo el nuevo capital a la suma de $ 8100000,00 (pesos ocho millones cien mil).- Asimismo, esta Auditoría analizó el origen de los fondos capitalizados, y en tal aspecto en virtud que el antecedente se corresponde con la capitalización del Saldo de Cuentas Particulares, he verificado la existencia, composición e integridad de los saldos contables ahora devenidos en Capital Social.- IV. Manifestación del contador público Sobre la base de las tareas descriptas y elementos de auditoría reseñados, CERTIFICO que la composición del saldo acreedor de la cuenta Capital Social informada por “La Perla del Ramal SRL” en la declaración individualizada en el párrafo denominado “Detalle de lo que se certifica” concuerda con la documentación respaldatoria y registros contables señalados en el párrafo precedente. San Pedro, Provincia de Jujuy, 08/07/2021.-

 

RESOLUCION Nº 641-DPSC/2022- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-489/2022.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 16 de Septiembre de 2022.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

28 NOV. LIQ. Nº 30614 $857,00.-