LEY N° 95
LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
Art. 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo para entregar a la Biblioteca
Popular de El Carmen la suma de QUINIENTOS PESOS M/NACIONAL ($500.-m/n.)
para adquisición de los libros necesarios al efecto.
Art. 2°.- Este gasto se imputará a la presente.
Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, JUJUY, Septiembre 12 de 1905.-
FDO:
MIGUEL ALVIÑA
Presidente
JOSE VICENTE MOLOUNNY
Secretario