BOLETÍN OFICIAL Nº 132 – 25/11/22
ACTA DE REUNIÓN DE SOCIOS.- En la Ciudad de Salta, a los 3 días del mes de Marzo de 2014, presentes los señores Juan Collado y Víctor Manuel Collado, actuales socios de GRUPO AYMARA S.R.L. (en trámite modificación de denominación, Expediente N° 30313/14, Juzgado de Minas y en lo Comercial de Registro, Distrito Judicial del Centro, Provincia de Salta), inscripta en el Juzgado de Minas y en la Comercial de Registro de esta Ciudad de Salta el 12/09/2013 al Folio 117, Asiento N 11.299 del Libro N° 34 de S.R.L., resuelven modificar la cláusula Tercera: Objeto Social del contrato social y en consecuencia se procede reformular la misma, la que queda redactada de la siguiente forma: TERCERA: OBJETO SOCIAL: La sociedad tendrá por objeto – al que podrá dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociados a terceros en el país o en el extranjero – las siguientes actividades: a) Industrial: (Explotación NO) Diseño y fabricación de hilados, tejidos, prendas de indumentaria y decoración. Industrialización textil, cualquiera que sea su clase, índole, especie o naturaleza. Utilización e industrialización de cualquier subproducto de la fabricación textil; b) Artesanal: Producción de hilados, tejidos, prendas de indumentaria y decoración utilizando técnicas artesanales; c) Comercial: Comercialización en cualquiera de sus fases, importación, exportación, distribución, venta al por mayor y al por menor de toda clase de materias primas textiles, hilados, telas, tejidos y productos acabados de vestir y del hogar, así como de cualesquiera otros productos complementarios de los anteriores, incluidos los de marroquinería, así como subproductos de la fabricación textil. Creación y desarrollo de marcas para todos los productos mencionados más arriba. Comercialización de productos de franchising con las marcas propias desarrolladas. Podrá ser franquiciador o franquiciante en este tipo de artículos. Compraventa, comercialización, fabricación, importación, y exportación de todo tipo de maquinarias, equipos, repuestos y herramientas textiles. Compraventa y distribución de fibras de camélidos, ovinos, caprinos, algodón y demás fibras naturales, artificiales y sintéticas; d). Agropecuario: Producción, esquila y acopio de fibras de camélidos, ovinos, caprinos y cualquier otra fibra de origen natural; e) Apoyo comunitario: Capacitación, asesoramiento y financiación a pequeños productores de fibra de camélidos, ovinos, caprinos y cualquier otra fibra de origen natural. Capacitación, asesoramiento y financiación a tejedores artesanales. Investigación y recuperación de técnicas ancestrales de hilado, tejido y confección de prendas de indumentaria y decoración. Para el cumplimiento de su objeto social en general, la Sociedad podrá celebrar toda clase de contratos, por cuenta propia o de terceros; dar o recibir préstamos con garantías o sin ellas, tales como hipotecas, prendas y finanzas; participar en programas de fomento e incentivo fiscales al desarrollo. de su actividad; comprar o vender propiedades o bienes muebles, como cualquier clase de mercancía, por su propia cuenta o de terceras personas; realizar y llevar a cabo todo y cuanto sea necesario para lograr cualesquiera de los objetivos señalados en este Estatuto Social o cualquier enmienda de los mismos o cuanto sea necesario o conveniente para proteger y beneficiar a la Sociedad. A tales fines, podrá contratar y/o asociarse con personas físicas y/o jurídicas, organizaciones, asociaciones, etc. La Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejecutar todos los actos que no se encuentren expresamente prohibidos por las leyes o por este estatuto. Los socios autorizan al Dr. Matías Ulivarri, MP 2114, y al Dr. Federico Andrés, MP 3257, -en forma indistinta – a realizar los trámites de inscripción de la presente modificación ante el Juzgado de Minas y en lo Comercial de Registro de esta Ciudad de Salta, con facultades amplias para poder contestar todas las observaciones que curse el citado organismo, pudiendo a esos efectos redactar los instrumentos necesarios con absoluta libertad y amplitud. Por su parte, atento el giro comercial proyectado y la necesidad de atención de diversas y diferentes actividades, gestiones, trámites y actos que hagan al desarrollo y cumplimiento del objeto social antes enunciado, los socios estiman conveniente y conducente el otorgamiento de un poder general de administración y disposición a favor de la Lic. Patricia Alejandra Cerrizuela, DNI Nº 26.028.561. En este sentido, resuelven su otorgamiento por parte del Socio Gerente Sr. Juan Manuel Collado, a los fines de su instrumentación a la brevedad posible.- No siendo para más, en prueba de conformidad firman a continuación.- ESC. MARIA E. VARGAS- TIT. REG. Nº 57- S.S. DE JUJUY – JUJUY.-
RESOLUCION Nº 815-DPSC/2022- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-536/2022.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-
San Salvador de Jujuy, 14 de Noviembre de 2022.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
25 NOV. LIQ. Nº 30669 $802,00.-