BOLETÍN OFICIAL Nº 132 – 25/11/22

CONCEJO DELIBERANTE DE PUESTO VIEJO.-

ORDENANZA Nº 133/2022.-

REF. “PROGRAMA MUNICIPAL DE PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA-MALTRATO EN EL NOVIAZGO”. (Expte. 177-CD-2022 iniciado por los Concejales Amanda López, Arsenio Alarcón, Víctor Yampa).-

VISTO Y CONSIDERANDO;

Que, a través de este programa se pretende abordar una de las problemáticas más complejas que se presenta hoy en día en los jóvenes: la violencia en el noviazgo.

Que, es necesario llevar adelante talleres de prevención de violencia en el noviazgo en todas las escuelas secundarias y público en general de las distintas localidades que componen el ejido de la municipalidad de Puesto Viejo para que todos los jóvenes y adolescentes accedan a herramientas y conocimientos que les permitan identificar si están vivenciando ésta situación.

Que,  el Concejo Deliberante de Puesto  Viejo viene trabajando incansablemente  desde su creación en normas de materia de género entre las cuales podemos destacar:- Ordenanza N° 11/2.020 Adhesión a Ley Micaela, Ordenanza N° 32/2.021 Creación del Área Municipal de la Mujer, Género y Diversidad, Ordenanza N° 86/2.022 Difusión de Líneas de Asistencia a las Víctimas, entre otras.

Que, la violencia en el noviazgo: es la perpetración o amenaza de un acto de violencia por parte de al menos un miembro de la pareja al otro miembro en el contexto del noviazgo. También surge cuando una pareja intenta mantener el poder y el control sobre la otra a través del abuso o la violencia. Esta violencia puede adoptar diversas formas, como agresión sexual, acoso sexual, amenazas, violencia física, abuso verbal, mental o emocional, sabotaje social y acoso. Puede incluir abuso psicológico, chantaje emocional y manipulación psicológica.

Por Ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.

Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo el Programa Municipal “Prevención de la Violencia-Maltrato en el Noviazgo”, destinado a Adolescentes, Jóvenes que residen en las distintas localidades que componen el ejido de la Municipalidad de Puesto Viejo.

Artículo 2º-. El objetivo del programa es trabajar preventivamente con los jóvenes a fin de construir espacios de debate, reflexión, prevención y sensibilización en torno a la violencia en las relaciones de noviazgo.

Artículo 3º-. Será Autoridad de Aplicación de la presente ordenanza el Área de la Mujer, Género y Diversidad en conjunto con el Área de Juventud y Área de Educación de la Municipalidad de Puesto Viejo.

Artículo 4º-. Serán deberes de la Autoridad de Aplicación:

a) Dictar Talleres en todas las escuelas secundarias como así también en  clubes deportivos, ONGs de las diferentes localidades que componen el ejido de la Municipalidad de Puesto Viejo sobre prevención de Violencia en el Noviazgo.

b) Crear campañas de concientización sobre la temática.

c) Confeccionar y Distribuir folletería y carteleria ilustrativa sobre la prevención de la violencia en el noviazgo.

d) Presentación de Stand informativos en puntos estratégicos de las diferentes localidades como así también en eventos a futuro.

e) Desarrollar foros en torno a la temática.

Artículo 5º-. De Forma.

Sala de Sesiones, 03 de Noviembre de 2022.-

 

Lic. María Amanda López

Presidente