BOLETÍN OFICIAL Nº 132 – 25/11/22

DECRETO Nº 2275-S/2020.-

EXPTE. N° 714-3530/17.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 DIC. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Téngase por cumplidos los servicios de guardia prestados por el Dr. Dr. Jorge Martin Orellana, CUIL 20-26232577-7, cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R6-01-02 Hospital “Pablo Soria”, con el adicional por permanencia en guardia del 30% a partir del 10 de Noviembre de 2017.-

ARTICULO 2º.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar la erogación que demande el adicional por permanencia en el servicio de guardia del Dr. Jorge Martin Orellana, correspondiente al 30% sobre la categoria de ingreso, a partir del 10 de Noviembre de 2017, a las partidas presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2020, Ley N° 6149, que a continuación se indican:

EJERCICIO 2020

La partida de 01-01-01-01-02-61 Bonificación por Permanencia en Servicios de Guardia de Jur., asignada, a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-01-02 Hospital “Pablo Soria”.-

EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):

Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 3-10-15-01-26: “P/Pago de Obligaciones No Comprometidas Presup. en Ej. Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 4º.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publiquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR