BOLETÍN OFICIAL Nº 131 – 23/11/22

Ciudad Perico, 07 de Noviembre de 2022.- I.- Atento a haberse cumplimentado en autos con los extremos exigidos por el Art. 162, líbrese Edictos a fin de notificar al demandado del proveído de 21/06/2022 de los presentes autos, el que deberá ser publicado en un diario local y en el Boletín Oficial tres veces en cinco días, haciéndole saber al accionado que los términos comienzan a correr a partir de la última publicación. Para el caso que el demandado SR JAIME PEDRO JOSE MARIA no se presente a hacer valer sus derechos se le designará oportunamente un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, que por turno corresponda.- Ref. Expte. C-191308/21. CIUDAD PERICO, 21 de JUNIO DE 2022. I.- II.- En consecuencia y atento lo previsto en los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese MANDAMIENTO DE PAGO, EJECUCIÓN y EMBARGO en contra del demandado SR. PEDRO JOSE MARIA JAIME, D.N.I. 34.426.903, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS CIENTO SESENTA MIL ($160.000,00) en concepto de capital proveniente de un pagare sin protesto y con más la suma de PESOS OCHENTA MIL ($80.000,00), presupuestada provisoriamente por acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago TRABESE EMBARGO sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. En el mismo acto cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de cinco dias en este Juzgado Multifuero – Civil y Comercial – Perico, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- III.- VI.- V.- .- VI.- Notifíquese por cédula (Art. 155 del C.P.C.).- Fdo. Dra. Alejandra Daniela Torres-Juez del Juzgado Multifuero- Civil y Comercial- Ante mí: Dr. Ezequiel R. Tejerina- Prosecretario.-

 

23/25/28 NOV. LIQ. Nº 30537 $1.350,00.-