BOLETÍN OFICIAL Nº 131 – 23/11/22
DECRETO Nº 6907-G/2022.-
EXPTE Nº 300-538-2019.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 OCT. 2022.-
VISTO:
Los presentes obrados, a través de los cuales se solicita el otorgamiento de Personería Jurídica a favor de la “Asociación Civil Cooperadora Escolar de la Escuela Primaria N° 236 Fulgencia Zabala de Perico”, con asiento en la Ciudad de Perico (Departamento El Carmen), como asimismo la aprobación de su Estatuto Social, y
CONSIDERANDO:
Que dicha entidad ha dado cumplimiento con las disposiciones del Decreto provincial N° 1768-G-SG-58;
Que, atento los términos del Dictamen N° 360-DPAF-22 vertido al efecto por Fiscalía de Estado (Fs.100/101), procede dictar el acto administrativo correspondiente;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Otórgase Personería Jurídica a favor de la “ASOCIACIÓN CIVIL COOPERADORA ESCOLAR DE LA ESCUELA PRIMARIA N° 236 FULGENCIA ZABALA DE PERICO”, con asiento en la Ciudad de Perico (Departamento El Carmen), y apruébase su Estatuto Social que consta de Treinta y Ocho (38) Artículos que corre agregado de Fs. 91 a 98vta de autos.-
ARTICULO 2º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese Íntegramente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus demás efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR