BOLETÍN OFICIAL Nº 130 – 18/11/22

Escritura Número Noventa y Nueve.- Nº 99.- TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO “RUNA TOUR”.- OTORGADA POR LUIS CÉSAR ZERPA A FAVOR DE MEDARDO SALUSTIANO IGNACIO.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de esta Provincia de Jujuy, República Argentina, a los seis días del mes de octubre del año dos mil veintidós, ante mi Irene Elvira ROJO BRIZUELA, Escribana Autorizante, Titular del Registro Notarial Nº 8, comparecen las personas que se identifican y expresan sus datos personales, por una parte, el Señor Luis César ZERPA, argentino, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 28.646.308, CUIT 20-28646308-9, nacido el 5 de septiembre de 1981, de 41 años de edad, de profesión Licenciado en Turismo, soltero, con domicilio en calle Belgrano S/N del barrio San Francisco de la Localidad de Maimará, Departamento Tilcara, de esta Provincia de Jujuy; y por la otra parte el señor Medardo Salustiano IGNACIO, argentino, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 27.875.869, CUIT 23-27875869-9, nacido el 8 de junio de 1980, de 42 años de edad, soltero, de profesión Licenciado en Turismo, con domicilio en calle San Martín del Tabacal S/N de Palca de Aparzo, de la Localidad de Humahuaca, jurisdicción del departamento del mismo nombre de esta Provincia de Jujuy.- Personas mayores de edad y capaces; a quienes identifico en los términos del artículo 306 inciso “a” del CCCN mediante la exhibición de los mencionados documentos, los que en reproducción de sus partes pertinentes autenticadas por mi agrego al legajo de la presente escritura.- INTERVIENEN: los comparecientes lo hacen por sí y requieren la intervención de la autorizante a fin de celebrar este contrato de transferencia de fondo de comercio, que se sujetará a las siguientes condiciones.- A- Declaraciones de las partes: I-) Exposición: El señor Luis César ZERPA expresa que es propietario del fondo de comercio del negocio denominado “RUNA TOUR”, sito en la calle Belgrano Nº 481 – Local Nº 3 de la Localidad de Tilcara.- Que se encuentra inscripto en la Matricula de Comerciante, como Comerciante Unipersonal – rubro “AGENTE DE VIAJES”, en el Registro Público de Comercio de esta Provincia de Jujuy al Folio Nº 174, Asiento Nº 174 del Libro III de Matricula de Comerciantes Unipersonal con fecha 05/02/2013.- II-) Estipulación: Que, el señor Luis César ZERPA, dando cumplimiento al instrumento provisorio de venta celebrado con fecha seis de julio del corriente año 2022, instrumento que se agrega a la presente escritura, transfiere a título de venta el fondo de comercio RUNA TOUR, al señor Medardo Salustiano IGNACIO, quien acepta la transmisión y declara hallarse en posesión efectiva.- III-) Precio: El precio asciende a la suma de PESOS SESENTA MIL ($ 60.000,00), en concepto de llave, clientela, denominación del negocio, legajos, equipos de comunicación, muebles y útiles, todo de conformidad al detalle de inventario que suscripto por las partes se adjunta al legajo de comprobantes de la presente escritura, asimismo la presente transferencia comprende el dominio de la página web; importe que el vendedor declara haber recibido de manos del comprador, habiendo cancelado el saldo de precio antes de ahora; por lo que le otorga formal carta de pago.- IV-) En consecuencia, el vendedor señor Luis César ZERPA, habiendo hecho tradición antes de ahora del fondo de comercio objeto de la presente escritura, le transfiere al señor Medardo Salustiano IGNACIO, quien acepta, el Fondo de Comercio RUNA TOUR, con todos los derechos inherentes a este y a la posesión, ratificando las cláusulas del instrumento provisorio de venta relacionado.-V-) Declaraciones del vendedor: El señor Luis César ZERPA responde por la evicción y vicios redhibitorios y consecuentemente declara que no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes.- Asimismo DECLARA BAJO JURAMENTO: a-) que el establecimiento cuenta con las habilitaciones y permisos a su nombre y que están vigentes, que le fue otorgada la Licencia Definitiva para operar en la categoría de Empresas de Viaje y Turismo bajo la designación RUNA TOUR Legajo Nº 15.631 mediante la Resolución Nº 2552 de fecha 11/11/2014 conferida por el Ministerio de Turismo de la Nación, instrumento que hace entrega a fin de continuar con la explotación comercial y realizar los trámites que fueren necesarios; b-) que no existen expedientes en trámite, multas, clausuras, ni otras causas; c-) que no hay maquinas ni vehículos que compongan el fondo de comercio razón por la que no podrían estar prendadas; que registra a su nombre dos vehículos dominio AA201BT y KWJ148 los que declara expresamente que NO integran el fondo de comercio, que los mismos han sido vendidos a terceros restando el pertinente tramite de inscripción de la transferencia en la DNRPA; d-) que no tiene acreedores, habiéndose cancelado todos los créditos; e-) que no posee personal bajo relación de dependencia, por lo que no posee obligaciones laborales ni previsionales pendientes;  y f-) por último, asevera hallarse al día con todas las obligaciones legales y fiscales.- El señor Luis César ZERPA continua diciendo que se compromete a no adquirir, instalar, administrar, participar ni atender, por si ni por otro, negocio de igual o similar rubro al que vende, en la Ciudad de Tilcara y por un plazo de dos años bajo apercibimiento de daños y perjuicios.- VI-) Declaraciones del comprador y de ambos: el señor Medardo Salustiano IGNACIO, recibe toda la documentación relativa al fondo de comercio transferido y presta especial conformidad.- Ambas partes, formal, expresa y recíprocamente se reconocen responsables de deudas y beneficiarios de créditos, originados hasta y desde la posesión, aun cuando fueren notificados con posterioridad a este acto y se obligan a presentarse antes las autoridades pertinentes, cuando fuere requerida su actuación personal. Asimismo declaran que el establecimiento no posee deudas vigentes razón por la cual, la presente transferencia se adecua a lo dispuesto por el artículo ocho de la normativa vigente para la trasferencia de establecimientos comerciales e industriales.- VII-) Autorización: El señor Luis César ZERPA faculta al señor Medardo Salustiano IGNACIO y a la suscripta Escribana Autorizante Titular del Registro Nº 8, para que actuando en forma conjunta o indistinta, realicen los tramites de la inscripción de este instrumento ante la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales de la Provincia de Jujuy.- A tales efectos tendrán facultades para realizar los trámites necesarios ante las autoridades competentes, aceptar y/o rechazar las modificaciones que sean solicitadas, proponiendo las que se estimen procedentes, firmando todo instrumento público y privado necesario, en especial escrituras aclaratorias, complementarias y modificatorias, como así también desglosar y retirar constancias de los respectivos expedientes y presentar escritos, depositar y/o retirar fondos y demás trámites a fin de lograr la inscripción definitiva de la presente cesión.- VIII-) Declaraciones Juradas: A-) Declaración sobre Capacidad: Los comparecientes declaran bajo juramento que sobre sus personas no hay inscriptas restricciones a la capacidad o declaraciones de incapacidad.- B-) Sobre su Estado Civil: declaran ser de estado civil solteros y no estar en unión Convivencial.- C-) Situación frente al PEP Res. 11/2011 y 52/2012 UIF: declaran bajo juramento: que los datos consignados en la presente escritura, son correctos, completos, y fiel expresión de la verdad, no se encuentran incluidos y/o alcanzados dentro de la Nómina de Funciones de Personas Expuesta Políticamente aprobada por la Res. 11/11 UIF, cuyo contenido declaran expresamente conocer por haberles sido leída en este acto por la Autorizante.- D-) Declaración Jurada -UIF: que en cumplimiento a lo dispuesto por la Resol. 21/2011 UIF y sus modificatorias, el señor Medardo Salustiano IGNACIO expresa que el dinero con que se abonó el precio del fondo de comercio tiene origen licito y proviene de su trabajo como Licenciado en Turismo.- E-) Que el fondo de comercio RUNA TOUR dispone del siguiente domicilio electrónico: info@runatour.tur.ar CONSTANCIAS NOTARIALES: 1-) Inscripción – Registro Público de Comercio:  El señor Luis César ZERPA, DNI Nº 28.646.308, se encuentra inscripto en la Matricula de Comerciante Unipersonal, del Registro Público de Comercio al Folio 174, Asiento Nº 174 del Libro III de Marginales de Comerciantes Unipersonales, actividad comercial en el rubro: “AGENTE DE VIAJES” con fecha 05/02/2013, conforme surge de la constancia certificada emitida por ese organismo con fecha 5 de octubre del año 2022, la que tengo a la vista para este acto y agrego al legajo de la presente escritura, doy fe.- 2-) Informe Registral: del Certificado expedido por la Dirección Provincial de Inmuebles bajo el Nº 13.759 de fecha 26 de septiembre del corriente año 2022, surge que el señor Luis César ZERPA, no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes.- 3-) Informe REDAM: de los certificados expedidos por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de Jujuy, resulta que tanto el señor Luis César ZERPA como el señor Medardo Salustiano IGNACIO no se encuentran inscriptos como deudores morosos alimentarios.- 4-) Resoluciones Generales 348 y 1817 AFIP- DGI: Se consultó vía Internet la condición tributaria de los otorgantes, adjuntándose las respectivas constancias.- 5-) Certificación de Inexistencia de Deudas Previsionales y Fiscales: A-) Conforme la certificación de fecha seis de julio de 2022, emitida por el CP Nelson A. CHOQUE, Mat Prof. 1979, debidamente legalizado por el Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas de Jujuy bajo el Nº A 0149591- 146157/1, en la que se constatan los registros contables y demás documentación respaldatoria, surge que el señor Luis César ZERPA, CARECE de deudas previsionales y fiscales, adjuntándose a la misma el informe de estado de cumplimiento del sistema de cuentas tributarias de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Anexo I); y el informe de estado de cumplimiento emitido por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Jujuy en impuesto sobre los ingresos brutos –cedula fiscal y constancia de regularización fiscal (Anexo II).- B-) Conforme la certificación de fecha seis de julio de 2022, emitida por el CP Nelson A. CHOQUE, Mat Prof. 1979, debidamente legalizado por el Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas de Jujuy bajo el Nº A 0149597- 146158/0, en la que se constatan los registros contables y demás documentación respaldatoria, surge que el señor Medardo Salustiano IGNACIO, CARECE de deudas previsionales y fiscales, adjuntándose a la misma el informe de estado de cumplimiento del sistema de cuentas tributarias de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Anexo I); y el informe de estado de cumplimiento emitido por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Jujuy en impuesto sobre los ingresos brutos –cedula fiscal y constancia de regularización fiscal (Anexo II).- 6-) Publicaciones en el Boletín Oficial: Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo dos de la Ley 11.867 de Transmisión de establecimientos comerciales e industriales, se efectuaron previamente anuncios durante cinco días, los que constan en los Boletines Oficiales de la Provincia de Jujuy: 1-) Año CV- B.O. Nº 99 de fecha 05/09/2022; 2-) Año CV- B.O. Nº 100 de fecha 07/09/2022; 3-) Año CV- B.O. Nº 101 de fecha 09/09/2022;  4-) Año CV- B.O. Nº 102 de fecha 12/09/2022 y  5-) Año CV- B.O. Nº 103 de fecha 14/09/2022; publicaciones que constan con los recaudos de ley.- 7-) Publicaciones en diario local – Pregón: Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo dos de la Ley 11.867 de Transmisión de establecimientos comerciales e industriales, se efectuaron previamente anuncios durante cinco días en el diario “Pregón”, los que constan en las siguientes publicaciones: 1-) a fojas 5 del diario de fecha 31/08/2022; 2-) a fojas 5 del diario de fecha 1/09/2022; 3-) a fojas 5 del diario de fecha 2/09/2022;  4-) a fojas 5 del diario de fecha 3/09/2022 y 5-) a fojas 5 del diario de fecha 4/09/2022; publicaciones que constan con los recaudos de ley.- 😎 Sin oposiciones: Que habiendo transcurrido el plazo legal sin oposición alguna, se procede al otorgamiento del presente instrumento de conformidad al artículo cuarto y concordantes de la mentada normativa, sin retención de importe alguno.- 9-) Informe Nominal – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos- Subsecretaría de Asuntos Registrales Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios.-  Conforme surge del informe emitido con fecha 4 de octubre del corriente año 2022, el señor Luis César ZERPA, CUIT 20-28646308-9 registra inscriptos a su nombre dos automotores, dominio AA201BT y KWJ 148, los que expresamente manifestó que no componen ni integran el fondo de comercio que por este acto se transfiere.- 10-) Legajo de Comprobantes: Se agregan como pertenecientes a la presente escritura: a-) certificado de no inhibición; b-) reproducción de los DNI; c-) certificados REDAM; d-) constancias de CUIT; e-) certificaciones contables relacionadas; f-) publicaciones en el Boletín Oficial y Diario Pregón; g-) Informe DNRA; h-) constancia emitida por la Dirección de Sociedades Comerciales, i-) instrumento provisorio e inventario.- Leo a los comparecientes la presente escritura quienes la otorgan firmando por ante mi Escribana que la autorizo, doy fe.- Sigue a la de cancelación de hipoteca.- Firmado: Luis Cesar ZERPA y Medardo Salustiano IGNACIO, esta mi firma sobre sello notarial Irene E. ROJO BRIZUELA, Escribana, Titular de R. N° 8 S.S. de Jujuy.- Concuerda con su matriz que pasó ante mí a los folios 226 al 229 del Protocolo Sección A del corriente año del Registro a mi cargo.- Para su inscripción en la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales expido esta COPIA SIMPLE en cuatro fojas de que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ESC. IRENE E. ROJO BRIZUELA- TIT. REG. Nº 8- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

 

RESOLUCION Nº 792-DPSC/2022- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-668/2022.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 9 de Noviembre de 2022.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

18 NOV. LIQ. Nº 30530 $494,00.-