BOLETÍN OFICIAL Nº 129 – 16/11/22

DECRETO Nº 4712-S/2021.-

EXPTE. Nº 716-160/21.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2021.-  

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Téngase por reconocido el adicional por permanencia en el servicio de guardia del 30% sobre la categoría de ingreso, a partir del 31 de diciembre de 2019, a la Licenciada en Bioquímica Mariel Alejandra López, CUIL 23-25954179-4, cargo categoría 24 horas semanales Ley N° 5498, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, en la U. de O.: R6-01-04 Hospital “San Roque”.-

ARTÍCULO            2°.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar la erogación que demande el adicional por permanencia en el servicio de guardia de la Licenciada en Bioquímica Mariel Alejandra López, correspondiente al 30 % sobre la categoría de ingreso; a partir del 31 de diciembre de 2019, a las partidas presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2021, Ley N° 6213, que a continuación se indican:

EJERCICIO 2021

La partida de Gastos en Personal, asignada en la Jurisdicción R Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-01-04 Hospital “San Roque”. –

EJERCICIOS ANTERIORES:

Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26 “P/Pago de Obligaciones No Comprometidas Presup. en Ej. Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del periodo no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría dé la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus, demás efectos.

ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas. –

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos. –

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR