BOLETÍN OFICIAL Nº 129 – 16/11/22

Dr. Jorge Daniel Alsina, Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial – Sala II – Vocalía 5 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° C-150061/19, caratulado: “CUMPLIMIENTO DE CONTRATO/OBLIGACION: DIAZ AZUCENA DEL CARMEN; VARGAS ANSELMO SIMION c/ ARTEAGA JAIME EDMUNDO”, hace saber al Sr. ARTEAGA JAIME EDMUNDO, DNI 14.553.617, que se ha dictado el siguiente PROVEIDÓ: “San Salvador de Jujuy, 13 de octubre de 2022.- I- Proveyendo a la presentación N° 421151: Ténganse presentes las publicaciones de edictos que adjunta el Dr. Manuel Alejandro Chavarría.- II- Atento el informe actuarial que antecede, lo solicitado y en virtud de lo previsto por el Art. 298- 2° apartado del C.P.C., dése por decaído el derecho a contestar la demanda al accionado JAIME EDMUNDO ARTEAGA.- III- En virtud de ello, notifíquese a JAIME EDMUNDO ARTEAGA mediante EDICTOS, los que se publicarán por tres veces en cinco días en el boletín oficial y un diario local. IV-Firme, se designará como representante del mismo al Defensor Oficial Civil que por turno corresponda. V- Actuando en autos el principio contenido en el Art. 50 y 72 del C.P.C., impónese a la parte interesada la carga de confeccionar el oficio ordenado para su posterior control y firma por Secretaría el que deberá presentarse como diligencia colaborativa a través del S.I.G.J.- VI- Notifíquese por Cédula. Fdo. Dr. Jorge Daniel Alsina. Vocal. Ante mí Dra. Aixa Yazlle-Prosecretaria.-

 

11/14/16 NOV. LIQ. Nº 30451-30452-30453 $1.350,00.-