BOLETÍN OFICIAL Nº 140 – 16/12/15

Icon_PDF_6Dra. Maria Cristina Molina Lobos, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6-Secretaria Nº 12, en el Expte. Nº B-223567/11 caratulado: “Ejecutivo: Credinea S.A. c/ Valdiviezo Casilda”, hace saber por este medio al Sr. Valdiviezo Casilda que en los autos de referencia se ha dictado la siguiente resolución: “San Salvador de Jujuy, 06 de Julio de 2015: Autos y Vistos…Resulta…Considerando… Resuelve: 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por Credinea S.A en contra de Valdiviezo Casilda hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE con 20/100 ($2.667,20) con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: “Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. Nº B-145.731/05 (Sala I- Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro“, (L.A. 54, Fº 673-678- Nº 235), y con más un interés punitorio equivalente al 50 % de dicho moratorios, desde la mora, esto es desde las fechas de los respectivos vencimientos de los pagares, y hasta el efectivo pago, más IVA si correspondiere.- 2º) Imponer las costas a la demandada vencida (Art. 102 del C.P.C). 3º) Regular los honorarios profesionales del letrado interviniente Dr. Francisco Javier Saidman Ros en la suma de PESOS DOS MIL ($2.000) por su actuación en el doble carácter y de conformidad a la doctrina legal de honorarios mínimos sentada por el Superior Tribunal de Justicia y a los nuevos montos fijados mediante Acordada Nº 17 Fº 325/326 Nº 179 de fecha 20/10/2.014, vigente a partir del 01/11/2.014, fijados a la fecha de la presente, por lo que sólo en caso de mora, devengará interés al de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: “Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. Nº B-145.731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro “hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere, (L.A. 54 Fº 673/678-Nº 235).- 4º) Notificar por Edictos y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art.154 del C.P.C.).- 5º) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.-Fdo. Dra. Maria Cristina Molina Lobos-Juez. Ante mi: Dr. Mauro Di Pietro-Prosecretario T. de Juzgado.-Publíquense en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.- Prosecretario T. de Juzgado: Dr. Mauro Di Pietro- San Salvador de Jujuy, 18 de Agosto de 2.015.-

 

16/18/21 DIC. LIQ. Nº 122735 $210,00.-