BOLETÍN OFICIAL Nº 140 – 16/12/15

Icon_PDF_6Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaria Nº 5 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-013713/13, caratulado: “Ejecutivo: Carsa S.A. c/ Tejerina Verónica Gabriela”, hace saber a la Sra. Tejerina Verónica Gabriela el siguiente decreto que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 07 de Noviembre del 2.013.- Por presentado el Dr. Martin Meyer, como apoderado de CARSA S.A. atento a copia de poder juramentado que rola agregada en autos y por constituido domicilio legal y por parte.- De conformidad con lo dispuesto por los Art. 472, 478 y 480 del C.P.C., requiérase de pago ejecución y embargo al demandado Sr. Tejerina Verónica Gabriela en el domicilio denunciado por la suma de PESOS NUEVE MIL SEISCIENTOS DIEZ CON 39/100 ($9.610,39.-)  en concepto de capital, mas la de pesos DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 11/100 ($2883,11.-) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio.- En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos, a la propia parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y  arraigo con las previsiones y formalidades de ley .- En el mismo acto requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores prendarios o juez embargante. Asimismo, cíteselo de REMATE, para que dentro de los cinco días de notificado, oponga excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar a llevar adelante la ejecución.- Córrasele TRASLADO del pedido de intereses y costas, con las copias respectivas y por el mismo termino antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo y también por el mismo plazo señalado, se intimará al demandado para que constituya domicilio legal dentro del radio de Tres Kilómetros del asiento del Juzgado bajo apercibimiento de notificárseles en lo sucesivo por Ministerio de ley( Art. 52 del C.P.C.).- Notificaciones en Secretaria: martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- A tal fin líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia con las facultades inherentes del caso.- Notifíquese Art. 154 del C.P.C.- Fdo. Dra. Beatriz J. Gutiérrez- Juez- ante mi: Proc. Marta J. Berraz de Osuna-Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario local por tres veces en cinco días.-Secretaria: Proc. Marta J. Berraz de Osuna.- San Salvador de Jujuy, 30 de Junio de 2015.-

 

16/18/21 DIC. LIQ. Nº 122665 $210,00.-