BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 09/11/22
Dr. Carlos M. Cosentini en el Expte Nº C-185.462/2021 Caratulado: Prescripción Adquisitiva de Inmuebles ZERPA LEONOR ELENA c/ ESTADO PROVINCIAL notifica a los interesados que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir ubicado en Puerta de Juella del Departamento de Tilcara Provincia de Jujuy e individualizado Catastralmente como Padrón I-S/Nº Circunscripción Nº 1, Sección Nº 4 Manzana Parcela S/Nº con una superficie total de 30.595,97m2, de la siguiente providencia. San Salvador de Jujuy, 2 de Septiembre de 2.022.- I.- No habiéndose ordenado mediante decreto de fs. 13 notificación por edictos, y no correspondiendo a dicha etapa del proceso la publicación efectuada por la parte actora (ver fs. 38/45), no ha lugar lo solicitado a fs. 46, debiendo estar a lo dispuesto infra.- II.- Si bien el pedido de anotación de la Litis efectuado en el escrito de demanda (fs. 11, punto 4), resulta anticipado a la oportunidad prevista por el Art. 1905, 3er. párrafo del C. C. y C. N., hágase lugar, y ordenase su asiento en el Registro Público de la Propiedad Inmueble; a tal efecto, líbre se el oficio pertinente a la Dirección Provincial de Inmuebles.- III.- Proveyendo el escrito Nº 322.336 (08.08.22),y teniendo presente lo informado por Secretaría precedentemente, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 13, en contra de la MUNICIPALIDAD DE TILCARA y de los Sres. LEUCARIO CRUZ y ROQUE NIEVES, y presúmase que su incompetencia no afecta sus derechos.- IV.- A la contestación de demanda efectuada por el ESTADO PROVINCIAL a fs. 23/31, téngase presente para su oportunidad. Sin perjuicio de lo dispuesto, y conforme lo prescripto por los Arts. 530 y 531 del C.P.C., cítase y emplázase a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble individualizado como PADRÓN-S/Nº, CIRCUNSCRIPCIÓN 1, SECCIÓN 4, PARCELA S/Nº, UBICADO EN PUERTA DE JUELLA DEL DPTO. DE TILCARA, para que en el plazo de QUINCE (15) DÍAS, los que se computarán a partir del décimo día posterior a la última publicación de edictos, se presenten en esta causa a hacer valer sus derechos y/o contestar demanda, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho de hacerlo si así no lo hiciesen (Arts. 298 y 531 del C.P.C.) debiendo en igual plazo, constituir domicilio legal dentro de los tres kilómetros del asiento de esta Cámara Civil y Comercial, bajo apercibimiento de notificarlos Ministerio Ley, las posteriores resoluciones (Art. 52 del C.P.C.). A tales fines, LÍBRESE EDICTOS que se publicarán por TRES (3) VECES, dentro de un período de cinco (5) días en el Boletín Oficial y en un diario local del lugar de asiento del inmueble a usucapir(Art. 532 del C.P.C.).- V.- Asimismo, ordenase la EXHIBICIÓN DE EDICTOS en la Municipalidad de Tilcara, y la TRANSMISIÓN MEDIANTE RADIODIFUSIÓN en esa localidad, durante TREINTA (30) DÍAS, debiendo acreditarse con la certificación respectiva (Art. 535 del C.P.C.).- VI.- Hágase saber a la parte actora que deberá acreditar el buen estado de conservación del cartel indicativo, cumpliendo con las exigencias del Art.536 del C.P.C., consignando el nombre de la Sra. LEONOR ELENA ZERPA.-VII.-Instrúyase a la letrada la confección de las diligencias correspondientes (Arts.50 y 72 del C.P.C.); fecho, deberán ser digitalmente cargadas en el S.I.G.J. (diligencias colaborativas), para control y firma del Actuario.- VIII.- Notifíquese (Arts. 155 y 156 del C.P.C.).- Fdo. Dr. Carlos M. Cosentini-Juez, Ante mí, Dra. Carolina Burry- Secretaria.- Publíquese por tres (3) veces en cinco (5) días en el Boletín Oficial y en un diario de circulación provincial- San Salvador de Jujuy, 11 de Octubre de 2.022.-
09/11/14 NOV. LIQ. Nº 30144 $1.350,00.-