BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 09/11/22

DECRETO Nº 6788-ISPTyV/2022.-

EXPTE Nº 649-40-22.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 OCT. 2022.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto el Decreto N° 8214-OP-1989 y toda otra norma que se oponga al presente.-

ARTÍCULO 2º- Facúltase a la Secretaría de Transporte, a otorgar la habilitación para el servicio público de transporte, identificada como “HAPROT JUJUY” (Habilitación Provincial de Transporte Jujuy), con vigencia anual, al personal vinculado a las empresas de transporte de pasajeros de jurisdicción provincial, que se desempeñe como conductor, inspector o guarda (codificación “C”, “I”, “G” respectivamente).-

ARTÍCULO 3º.- Requisitos para la obtención de la “HAPROT JUJUY”:

a) Nota de solicitud de obtención de persona humana o persona jurídica concesionaria, permisionaria o prestataria del servicio público.

b) Original y copia de documento nacional de identidad.

c) Formación y/o actualización de Legajo Individual, según corresponda.

d) Pago de canon pertinente según Ley Impositiva vigente.

e) Carnet Sanitario expedido por el Ministerio de Salud de la Provincia.

f) Planilla Prontuarial actualizada expedida por la División de Antecedentes Personales de la Policía de la Provincia de Jujuy.

ARTÍCULO 4°.- Requisitos particulares para la habilitación de conductores:

a) Licencia Nacional de Conducir vigente Clase D.

b) Libre deuda de sanciones o multas expedido por la Secretaría de Transporte.

ARTÍCULO 5°.- Los inspectores y guardas deberán participar y aprobar los cursos de capacitación que determine la Secretaría de Transporte, para mejor desempeño en el servicio.-

ARTÍCULO 6º.- Las transgresiones a lo dispuesto en el presente Decreto quedan sujetas al Régimen de Sanciones previstas en el Capítulo XIV de la Ley 4.175/85.-

ARTÍCULO 7°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, a demás efecto..-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR