BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 09/11/22

Dr. Carlos M. Consentini, Presidente de Tramite de la Cámara en lo Civil y Comercial, Sala III, Vocalía N°7, en el Expte C-087802/17 caratulado: “Ejecución de Sentencia y Honorarios en Expte B-272027/12: TARJETA NARANJA S.A; PFISTER ARTURO c/ SEGARRA CRISTIAN ALEJANDRO” hace saber que se ha dictado la siguiente Resolución: San Salvador de Jujuy, 17 de Abril de 2.017.- 1): Por presentado el Dr. ARTURO PFISTER por sus propios derechos y   en nombre y representación del  TARJETA NARANJA S.A. en mérito del instrumento presentado en los autos principales  y por constituido domicilio legal. 2): Téngase por promovido el incidente de ejecución planteado y líbrese mandamiento de intimación de pago en contra del Sr. CRISTIAN ALEJANDRO SEGARRA por la suma de PESOS NUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA CON SESENTA Y TRES ($ 9560,63) reclamada por Capital e Intereses e IVA, con más la suma de PESOS DOS MIL ($ 2.000) por Honorarios; más la suma de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS DOCE ($ 2.312) por acrecidas. En defecto de pago, trabará EMBARGO sobre bienes muebles de propiedad del demandado, hasta cubrir las sumas antes mencionadas, designándose depositario judicial de los mismos a la propia afectada, con las prevenciones y obligaciones de ley. En el mismo acto, se deberá requerir manifestación a la demandada, sobre si los bienes embargados registran prenda o algún otro gravamen; en su caso, exprese monto, nombre del acreedor prendario o Juez embargante. Y cítelo de REMATE para que, en el plazo de cinco días, oponga excepciones legítimas, si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Por el mismo término, intímelo a constituir domicilio legal dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art. 52 del C.P.C.  Intímese al Dr. Arturo Pfister para que en el plazo de CINCO DIAS acredite el pago de los aportes correspondientes. 3): Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.). Líbrese mandamiento, imponiéndose a la Actora la obligación de confeccionar las diligencias pertinentes (deber de colaboración arts. 50 y 72 del C.P.C.).Fdo. Dres. Carlos M. Consentini-Juez, Ante mi: Dr. Sebastián Soler- Secretario- Publíquese Edictos en Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días-San Salvador de Jujuy, 04 de Febrero del 2022.-

 

07/09/11 NOV. LIQ. Nº 30331 $1.350,00.-