BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 09/11/22
Dra. Teresa Lewin Nakamura- Juez Pte. De Tramite, Tribunal de Familia, Sala II, Vocalía 6, en el Expte. N° C-207152/22 caratulado: “Ejecución de Honorarios: CORTES CECILIA ROMINA c/ LLANES MARIO ALBERTO”, hace saber, que se ha dictado la siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy, 30 de agosto de 2022.- Téngase por presentada a la Dra. Cecilia Romina Cortes, por sus propios derechos, por constituido domicilio legal y por parte. – Atento al informe actuarial que antecede y constancias de autos, téngase por expedita la vía ejecutiva y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese Mandamiento de Pago, Ejecución y Embargo en contra del accionado Sr. MARIO ALBERTO LLANES, DNI 26.501.734, hasta cubrir la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($35.000,00) en concepto de capital, con más la suma de PESOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS ($17.500) presupuestada para responder a acrecidas del presente juicio. En defecto de pago trábese EMBARGO sobre bienes de propiedad del demandado designándolo depositario judicial de los mismos y cíteselo de REMATE para que opongan excepciones legítimas si las tuvieren dentro del término de cinco (5) días, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Facúltese al Sr. oficial de Justicia para el diligenciamiento del presente, quedando autorizado para allanar domicilio y solicitar el auxilio de la fuerza pública en caso de ser necesario. – Por el mismo término, intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KM del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársele las futuras resoluciones, por Ministerio de Ley (Arts. 52 y 154 del C.P.C.) haciéndole saber que los días de notificaciones en Secretaría, son los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuera feriado.- Para el cumplimiento de lo ordenado, queda facultada la Dra. Cecilia Romina Cortes o la persona que ella misma designe. – Diligencias a cargo de la letrada, las que deberá cargar al Sistema de Gestión Judicial (oficios colaborativos) para su control y posterior firma. – Notifíquese por cédula (Art. 155 del C.P.C.).- Fdo. Dra. Teresa Lewin Nakamura – Juez Pte. de Trámite – ante mi, Proc. Gastón Mercau – Prosecretario” “San Salvador de Jujuy, 04 de octubre del 2022.- Atento al escrito digital de fecha 04-10-22 presentado por la Dra. Cortes, Cecilia Romina a lo solicitado ha lugar, se notifica de la presente causa mediante la publicación de edictos, la que deberá efectuarse en un diario de amplia circulación local y en el Boletín Oficial de la Provincia, por tres veces en el plazo de cinco días.- Se hace saber al letrado que la confección de las diligencias queda a su cargo, las cuales deberán ser presentadas por medio de la bandeja de oficios colaborativos del SIGJ, con escrito que así lo acredite, para su posterior control y firma. – Se notifica por cédula (Art. 155 del CPC). –Fdo.- Dra. Teresa Lewin Nakamura – Jueza Pte. de tramite – Ante mi – Procurador Mauro Ezequiel Romitti, firma habilitada.-
07/09/11 NOV. LIQ. Nº 30305 $1.350,00.-