BOLETÍN OFICIAL Nº 140 – 16/12/15


Icon_PDF_6Actuación Notarial Nº 68.- Escritura Numero Sesenta y Ocho.- Cesión de Cuotas Sociales “Néstor Marino Berardi a favor de Franco Marino Berardi y Otros.”
– En la Ciudad del Carmen, Departamento del mismo nombre, Provincia de Jujuy, Republica Argentina, a los doce días del mes de Marzo de dos mil catorce, Ante mi, Leonardo Gabriel Casali, titular del registro numero setenta y dos; comparecen por una parte Néstor Marino Berardi, argentino, D.N.I. Nº 16.637.647, CUIT Nº20-16637647-6, divorciado (en adelante el Cedente); y por la otra Franco Marino Berardi, argentino, D.N.I. Nº 34.022.619, CUIL Nº20-34022619-5, soltero; Maria Jimena Berardi, argentina, D.N.I. Nº 31.367.236, CUIL Nº 27-31367236-6, soltera; (los Cesionarios); todos domiciliados legal y fiscalmente en calle Sarmiento Nº 214, de esta Ciudad, personas mayores de edad, hábiles, a quienes identifico en virtud del inciso c), del articulo 1.002 del Código Civil, doy fe.- Como así la doy de que el señor Néstor Marino Berardi concurre a este otorgamiento en nombre y representación y en el carácter de Socio de la firma comercial EL CHATO SOCIEDAD COLECTIVA a merito de la siguiente documentación: a) Contrato Social Constitutivo efectuado en escritura publica de fecha diez de Junio de dos mil nueve, pasada por ante la escribana Leticia del Valle Abud, debidamente inscripta en el Registro Publico de Comercio de esta Provincia al folio 32, Acta Nº 32, del libro I de Sociedades Colectivas, en fecha 29 de Julio de 2009, y en el Registro Publico de Comercio de esta Provincia bajo Asiento Nº 6, Folio 30/34, Legajo II, Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles de Sociedades Colectivas, en fecha 29 de Julio de 2009; b) Acta Nº 2 de fecha seis de Enero de dos mil catorce, en la cual renuncia al Cargo de Administrador y se aprueba por todos los socios la respectiva cesión; instrumentos que en original tuve a la vista y en copia agrego al legajo de comprobantes de la presente, doy fe; así también Néstor Marino Berardi concurre a este otorgamiento en nombre y representación y ejercicio de la Patria Potestad de su hijo menor de edad Luciano Marino Berardi, argentino, D.N.I. Nº 43.352.651, CUIL Nº20-43352651-2, nacido el día veintisiete de Agosto de dos mil uno, en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, domiciliado en calle Sarmiento Nº 214 de esta Ciudad; cuyo carácter y habilidad acredita con el Certificado de Nacimiento expedido por el Registro Civil y Capacidad de las Personas que en copia agrego al Legajo de Comprobantes de la presente, doy fe.- Y el primeramente nombrado en el carácter acreditado e invocado y Franco Marino Berardi, y Maria Jimena Berardi, dicen: Que desean celebrar la presente cesión de Cuotas Societarias, por lo que requieren del Autorizante instrumentar la presente escritura publica, por lo que expresan: Primero: Que el señor Néstor Marino Berardi por este acto CEDE Y TRANSFIERE A TITULO GRATUITO a favor de sus tres hijos Franco Marino Berardi, Maria Jimena Berardi y Luciano Marino Berardi, en partes iguales la totalidad de las cuotas sociales que le corresponden en la presente Sociedad.- Segundo: el señor Néstor Marino Berardi en la representación acreditada e invocada, y Franco Marino Berardi, Maria Jimena Berardi, aceptan las cuotas societarias cedidas en forma gratuita a su favor.- Tercero: el Cedente manifiesta que a la fecha tienen la libre disposición de sus bienes; y que transfiere y subroga en todos los derechos y acciones emergentes que les corresponden como titulares de las cuotas cedidas quedando los Cesionarios en el mismo grado y prelación.- Cuarto: Los comparecientes dejan así expresa constancia del presente acto celebrado a los efectos inscriptorios, manifestando que las demás cláusulas del Contrato Constitutivo que no resultan modificadas con este acto, se mantienen vigentes, así que ratifican plenamente.- Quinto: Se deja constancia que facultan al Doctor Humberto Alejandro Insaurralde a celebrar los actos y tramites a los efectos de su toma de razón en el Registro Publico de Comercio. Leo la presente a los comparecientes quienes así la otorgan y firman todo ante mi, doy fe.- Esta la firma de Néstor Marino Berardi, Franco Marino Berardi, Maria Jimena Berardi.- Ante mi, esta mi sello y firma notarial: Leonardo Gabriel Casali.- Concuerda con su Escritura matriz que paso ante mi al folio ochenta y cinco del protocolo del corriente año de este Registro a mi cargo. Para los interesados expido este Primer testimonio en dos hojas de Actuación Notarial, que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ACT. NOT. Nº A 00157167, ESC. LEONARDO GABRIEL CASALI, TIT. REG. Nº 72, El Carmen-Jujuy.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 09 de Diciembre de 2015.-

MARTA ISABEL CORTE

P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

16 DIC. LIQ. Nº 122768 $100,00.-