BOLETÍN OFICIAL Nº 124 – 04/11/22

DECRETO Nº 6802-DEyP/2022.-

EXPTE. Nº 200-368/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 OCT. 2022.-

VISTO:

El Decreto Acuerdo Nº 2.315-G-2.016 que aprueba el “Régimen Provincial de Iniciativa Privada” ratificado por Ley N° 5.972/2.016, el Decreto Acuerdo N° 7180-DEyP-2018 de aprobación del “Procedimiento Especial de Iniciativa Privada para Proyectos Mineros e Hidrocarburiferos, Energéticos y de Agregados de Valor”, la Ley Provincial 5904; y.

CONSIDERANDO:

Que, la firma Lithos Desarrollos Energéticos S.A presentó ante Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado (JEMSE) un proyecto que enmarcó como Iniciativa Privada para “Exploración y Explotación de Recursos de Litio en la cuenca de Salinas Grandes y Laguna De Guayatayoc en la Provincia De Jujuy”, adjuntando información técnica, contable, financiera y demás antecedentes, exigidos por el artículo 4º del Decreto Acuerdo N° 7180-DEyP-2018.-

Que, el objeto del proyecto y de la iniciativa, contempla inversiones para la prospección geológica, exploración y factibilidad de un proyecto minero de litio en propiedades mineras de titularidad de Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado (J.E.M.S.E.), dividas en dos (2) áreas o cuencas principales ubicadas en Salinas Grandes y Laguna de Guayatayoc.-

Que, mediante Ley N° 5.674, se aprobó el Decreto-Acuerdo N° 7592-P-11, y su modificatorio Decreto-Acuerdo N° 7630-P-11, por los que se declaran las reservas minerales que contengan Litio como recurso natural estratégico generador del desarrollo socio económico de la Provincia de Jujuy.-

Que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 5° del Decreto Acuerdo N° 7180-DEyP-2018 la “Comisión de Evaluación y Desarrollo de Iniciativas Privadas para Proyectos Mineros e Hidrocarburiferos, Energéticos y de Agregados de Valor”, elevó recomendación fundada sobre el Proyecto presentado por LITHOS DESARROLLOS ENERGETICOS SA.-

Que, por ello, en uso de atribuciones propias

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Declárase de Interés Público y sujeto al régimen de Iniciativa Privada el proyecto denominado “Exploración y Explotación de Recursos de Litio en la cuenca de Salinas Grandes y Laguna de Guayatayoc en la Provincia de Jujuy” por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2º.- Como órgano competente y autoridad de aplicación, la empresa Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado (J.EMS.E.), determinará la modalidad de la convocatoria, quedando facultada para confeccionar, aprobar pliegos, adjudicar y culminar procesos de selección de oferentes; dictar instructivos, circulares y reglamentos aplicables en concordancia con las disposiciones legales vigentes.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para su publicación en forma integral, y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Cumplido, vuelva a Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado (J.E.M.S.E.) a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR