BOLETÍN OFICIAL Nº 124 – 04/11/22
LEGISLATURA DE JUJUY
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 6306
“ADHESIÓN DE LA PROVINCIA DE JUJUY A LA LEY NACIONAL Nº 23.427 CREACIÓN DEL FONDO PARA EDUCACIÓN Y PROMOCIÓN COOPERATIVA”
ARTÍCULO 1º.- Adhiérese la Provincia de Jujuy a la Ley Nacional N° 23.427 “Creación del Fondo para Educación y Promoción Cooperativa”.-
ARTÍCULO 2º.- Créase el “Programa de Asistencia Integral a Cooperativas” (P.A.I.COOP.), que tendrá por objeto promover y acompañar procesos que contribuyan al desarrollo y consolidación del sector cooperativo.-
ARTÍCULO 3º.- El Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, administrará y destinará los recursos provenientes del Fondo para Educación y Promoción Cooperativa; los excedentes repartibles, sobrantes patrimoniales y multas de los Artículos 42 inc. 3), 95 y 101 de la Ley Nacional N° 20.337 “Ley de Cooperativas”, respectivamente, y todo otro recurso que se recaude con idénticas finalidades a las establecidas en el Artículo 1 de la Ley Nacional N° 23.427.-
ARTÍCULO 4º.- El Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, será Autoridad de Aplicación de la presente Ley, quedando facultado para dictar normas operativas y reglamentarias necesarias para su cumplimiento.-
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de Octubre de 2022.-
Cont. Pub. José M. Montiel
Secretario Administrativo
a/c Secretaria Parlamentaria
Legislatura de Jujuy
Dip. Juan Carlos Abud
Vice Presidente 1º
A/C de Presidencia
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-
EXPTE. Nº 200-381/2022.-
CORRESP. A LEY Nº 6306.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 NOV. 2022.-
Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, Ministerio de Desarrollo Económico y Producción; Ministerio de Gobierno y Justicia; Ministerio de Hacienda y Finanzas; Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Desarrollo Humano; Ministerio de Trabajo y Empleo; Ministerio de Seguridad y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHÍVESE.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR