LEY N° 62

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:

Art. 1°.- Jubílase al ex Preceptor de la Escuela de Guerreros Don: Guillermo
GARZON con la asignación mensual de VEINTE PESOS MONEDA NACIONAL que
la percibirá desde el 1° de julio del corriente año.
Art.2°.- El gasto que ocasione la presente se hará de Renta Generales
imputándose a la misma, hasta que se incluya en el
Presupuesto General.
Art.3°.- Comuníquese, etc.
SALA DE SESIONES, JUJUY, Junio 13 de 1903.-
Fdo:
ANGEL E. PUCH
Presidente
JOSE VICENTE MOLOUNNY
Secretario