BOLETÍN OFICIAL Nº 118 – 21/10/22

Acta Nº 7.- Modificación de Contrato Constitutivo.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los siete días del mes de septiembre del año dos mil veintidós, siendo las diez horas, se reúnen los socios de la razón social PUNO S.R.L., el Sr. Carlos Leonardo Gerbino, D.N.I. Nº 22.777.262 en calidad de Socio Gerente y la Sra. Ana Esther Menossi, D.N.I. Nº 6.515.638 en calidad de socia, incorporada conforme lo ordenado mediante oficio judicial librado en Expte. N° C-158978/20 Caratulado “Sucesorio Ab- Intestato del Sr. Juan Carlos Gerbino” radicado ante el Juzgado de Primera Instancia N° 3, Secretaría N° 6 de esta ciudad, el cual se encuentra debidamente inscripto ante la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales del Registro Público, Fiscalía de Estado, Provincia de Jujuy, acorde a lo ordenado por Resolución N° 349-DPSC-2022, de fecha 02 de junio de 2022, Inscripto al Folio 74-75, Acta Nro. 87, Libro I, en la ciudad de San Salvador de Jujuy, el día 2 de Junio de 2022 y Registrado con copia bajo Asiento   N° 87, al Folio 01/06, del Legajo 87 del Registro de Escrituras Mercantiles SRL, en la ciudad de San Salvador de Jujuy, el día 2 de Junio de 2022; con el objeto de tratar los puntos fijados en el Orden del Día: 1) Dejar sin efecto el Acta Nro. 6 de fecha 14 de junio de 2022.- 2) Reconducción del plazo de duración de la razón social PUNO S.R.L. y reforma del estatuto social. 3) Autorización a fin de realizar los trámites correspondientes ante el Registro Público y demás organismos involucrados. Abierto el acto, y teniendo en cuenta los puntos fijados por el Orden del Día,  luego de un intercambio de opiniones, de común acuerdo entre los socios deciden: 1) Dejar sin efecto el Acta Nro. 6 de fecha 14 de junio de 2022, oportunamente celebrada entre las partes atento a corresponder disponer la reconducción de la sociedad y no la prórroga de su vigencia, habiendo acaecido el plazo de diez (10) años de vigencia contado a partir de la fecha de inscripción de la sociedad (02/09/2010) establecido en la cláusula segunda del contrato constitutivo, el día 02 de Septiembre de 2020.- 2) Dado que se ha producido el vencimiento del plazo de duración social en fecha 02 de Septiembre de 2020, los socios resuelven de forma unánime que la sociedad continuará funcionando por reconducción. En ese sentido, disponen la reconducción del plazo de vigencia de la razón social PUNO S.R.L. y la reforma del estatuto social, por el plazo de ochenta (80) años, desde la fecha de su inscripción registral ante la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales del Registro Público, Fiscalía de Estado.  Acorde a ello, y habiendo los socios resuelto unánimemente la reconducción del plazo de la sociedad, la Cláusula Segunda del Contrato Constitutivo quedará redactada de la siguiente manera: “CLAUSULA SEGUNDA: Disponer la reconducción por el plazo de ochenta (80) años a contar desde la inscripción de la presente reconducción ante la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales del Registro Público, Fiscalía de Estado.” Asimismo, se deja constancia que los socios se hacen cargo de las deudas y obligaciones que pudieran surgir por el tiempo durante el cual el plazo de vigencia de la razón social se encontró vencido. También manifiestan que hasta la fecha no han efectuado actos liquidatorios, ni se ha procedido a inscribir liquidador ante el Registro Público. 3) Autorizar a la Dra. María Luciana Zarif, a realizar todos los trámites pertinentes ante la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales del Registro Público, Fiscalía de Estado y demás organismos involucrados a los fines de efectuar la inscripción de la modificación por reconducción de plazo convenida en el presente acto. No siendo para más se da por finalizado el acto firmando los presentes en prueba de conformidad.- ESC. LUCIA FABIANA MORALES- ADS. REG. Nº 3- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

 

RESOLUCION Nº 707-DPSC/2022- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-508/2022.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 11 de Octubre de 2022.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

21 OCT. LIQ. Nº 30188 $802,00.-