BOLETÍN OFICIAL Nº 118 – 21/10/22

DECRETO Nº 6484-E/2022.-

EXPTE. Nº 1056-1353-18.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 AGO. 2022.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Promuévese con retroactividad al 1° de enero de 2019 a la Categoría 24, del Escalafón General previsto en la Ley N° 3161/74, a la Señora ALBERTA VELAZQUEZ, CUIL N° 27-12649078-5, Personal de Servicios Generales, titular, categoría 10 del Escalafón General en la Escuela N° 203 “Su Santidad Juan XXIII” dependiente del Ministerio de Educación de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3° Anexo I del Decreto N° 8865-H-07, reglamentario de la Ley N° 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1°, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:

Ejercicio 2022.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2022, Ley N° 6256, para U. de O.: “F4”-Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida prevista en la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro” denominada: 1-1-1-1-1-60 “Adecuación Ley N° 5502”.-

Ejercicios Anteriores.- Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26- Para Pago de Obligaciones no Comprometidas

Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública.-

ARTÍCULO 3°.- Instruyese a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3º, Anexo I, del Decreto N° 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. N° 100 bis de la Ley N° 3161/74 modificado por Ley N° 5748/12.-

ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 5°.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación, procédase a notificar de los términos del presente Acto Administrativo.-

ARTÍCULO 6°.- Regístrese.- Previa toma de Razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en el Boletín Oficial en forma sintética y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión.- Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR